1) Preparatorias: En la fecha fijada por la Junta Electoral, se reunirá el Concejo Deliberante, integrado por los nuevos electos y los Concejales que no cesen en sus mandatos y procederán a establecer si los primeros reúnen las condiciones exigidas por la Constitución y la Ley Orgánica Municipal. Esta sesión la preside el Concejal de mayor edad. En la misma se le tomará juramento a los Concejales que asumen, y se elegirán el Presidente, Vice-Presidente 1º y 2º, Secretario. 2) Ordinarias: Por propia determinación abrirá sus Sesiones Ordinarias el 1º de Abril de cada año y las cerrara el 30 de Noviembre.
3) De prórroga: El Concejo podrá prorrogar las Sesiones Ordinarias por el término de treinta días.
4) Especiales: Las que determine el Cuerpo dentro del período de Sesiones Ordinarias y de prórroga.
5) Extraordinarias: El Concejo podrá ser convocado por el Intendente a Sesiones Extraordinarias, siempre que un asunto de interés público y urgente lo exija, o convocarse por sí mismo, cuando, por la misma razón, lo solicita un mínimo de un tercio del número de sus miembros.
6) Audiencia Pública: Denomínase Audiencia Pública a aquella instancia de participación, en el proceso de toma de decisión administrativa o legislativa, en el cual la autoridad responsable de la misma, habilita un espacio para que todos aquellos ciudadanos, habitantes y/o instituciones intermedias, que puedan verse afectadas o tengan un interés particular en el acto definitivo a sancionarse, expresen su opinión sobre el asunto objeto de la convocatoria.
7) Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes: Cuando se sanciona una ordenanza relacionada con la creación y/o aumento de tasas (no disminución), o cuando la municipalidad desea solicitar un crédito. En estos casos la ordenanza aprobada tiene el carácter de "preparatoria" y requiere una nueva sesión denominada "Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes", que deberá revalidar lo disupuesto en la sesión anterior.
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