N° Expediente: 613/22


Clase de Expediente: Ordenanza

Título / Síntesis: Garantizando el traslado de alumnos del Establecimiento sito en Paraje TATU

Autor Otro - VARIOS CONCEJALES

Fecha de Ingreso: 2022-12-12

Estado del Expediente: Incluido en Orden del Día

 

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 613/22.-

PROYECTO DE ORDENANZA

  

FUNDAMENTOS

  

VISTO:

 

                                El artículo 4º de la Ordenanza 4930/22, el que dispone como alternativa la sanción de una nueva Ordenanza; y

 

CONSIDERANDO:

 

                               Que a la fecha se ha trabajado en buscar una solución para el ciclo lectivo 2023, con referencia al traslado de los alumnos del Establecimiento educativo E.E.S.A. Nº1, sita en el Paraje el Tatù.-

 

                                  Que las gestiones realizadas por el Consejo Escolar, Concejo Deliberante, Desarrollo Humano del Municipio de Zárate, no dan certeza de que exista una solución efectiva.-

 

                               Que existe como antecedente la sanción por parte de este Honorable Cuerpo de la Ordenanza 4930/22 cuyo objeto fuera solucionar el traslado de los alumnos al Establecimiento mencionado ut supra.-

  

                              

POR ELLO:  El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

 

  

ORDENANZA

 

ARTÍCULO 1º:  El Departamento Ejecutivo Municipal deberá garantizar el traslado de los alumnos del Establecimiento E.E.S.A. Nº1, sita en Paraje el Tatú del Partido de Zarate, que hayan presentado las correspondientes Declaraciones Juradas, durante el Ciclo lectivo 2023.-. -

 

ARTÍCULO 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá solicitar al Consejo Escolar del Partido de Zarate, copia de las Declaraciones Juradas pertenecientes a los alumnos, a los fines de tomar conocimiento del número de solicitantes que necesitan ser trasladados.-

  

  

ARTÍCULO 3º: DE FORMA