N° Expediente: 558/22 Clase de Expediente: Ordenanza Título / Síntesis: Adhiriendo en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27.043 y Ley Pcial. Mº 15.035 ref. autísmo.- Autor FRENTE DE TODOS-PJ Fecha de Ingreso: 2022-11-09 Estado del Expediente: Incluido en Orden del Día CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 558/22.- PROYECTO DE ORDENANZA
VISTO:
La petición de la Red TEA de Nodos Bonaerenses Red Federal, respecto a la imperiosa necesidad de que los Municipios adhieran a la ley Nacional 27.043, y a la Ley Provincial 15.035, declarando de interés el abordaje integral TEA; Y
CONSIDERANDO:
Que la ley Nacional 27043 en su artículo 1° declara ".. de interés nacional el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA); la investigación clínica y epidemiológica en la materia, así como también la formación profesional en su pesquisa, detección temprana, diagnóstico y tratamiento; su difusión y el acceso a las prestaciones..." , Que luego de enumerar acciones que buscan la completa inclusión de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) a los diferentes niveles educativos, laborales y sociales, de acuerdo a lo establecido por la Convención sobre Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Ley 26.378.- . Que la citada ley en su artículo 6° invita "...a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a los lineamientos de la presente ley...";
Que la ley Provincial 15.035 establece en su artículo 1° "...Adhiérase la Provincia de Buenos Aires a la Ley Nacional Nº 27043, que refiere al abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (T.E.A.) y lo declara de Interés Nacional...",. Que, es necesario adherir al plexo normativo que garantizan tanto a nivel nacional como provincial al abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan (T.E.A.) Trastornos del Espectro Autista, garantizándolo en el ámbito Municipal del Partido de Zárate,-
Que ya han efectuado las correspondientes adhesiones los Municipios de Avellaneda, Balcarce, Chivilcoy, Roque Pérez, Ezeiza, Ituzaingó, Hurlingham, Berazategui, Berisso, Florencio Varela, General Rodríguez, La Matanza.- . POR ELLO: Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate en uso de sus facultades que le son propias sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Adhiérase en todos sus términos a las ley Nacional 27.043 y a la ley Provincial 15.035,, garantizando en el ámbito de incumbencia de la Municipalidad de Zárate el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presenten trastornos del espectro autista (T.E.A.).-
ARTÍCULO 2º El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará la presente Ordenanza, designando dentro del Organigrama existente la Autoridad de Aplicación correspondiente, que tendrá como misión y función articular con la ARTÍCULO 3º: De forma. -
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