![]() N° Expediente: 508/22 ![]() Clase de Expediente: Resolución Título / Síntesis: Expreswando beneplácito y solicitamdo el, pronto tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley Nacional de Presupuesto mínimo de Protección Ambiental número 0075-D-2022.- Autor FRENTE DE TODOS - ZÁRATE - LIMA Fecha de Ingreso: 2022-10-18 Estado del Expediente: Incluido en Orden del Día CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121-H.C.D. 508/22.- VISTO: El proyecto de "Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para el Uso Racional y Sostenible de los Humedales", registrado bajo el número 0075-D-2022, y;
CONSIDERANDO: Que, el proyecto de Ley "Presupuestos mínimos de protección ambiental para el uso racional y sostenible de los Humedales", conocido popularmente como "Ley de Humedales" que se está tratando en las comisiones de: Presupuesto, Recursos Naturales y Ambiente, y de Agricultura y Ganadería de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, surge tras diez años de debate público e iniciativas similares que han sido presentadas en el Congreso de la Nación; Que, este proyecto tiene como fin establecer presupuestos mínimos para la conservación, uso racional y sostenible de los humedales en todo el territorio de la Nación, asegurando la integridad de los servicios ecosistémicos que brindan; Que, a partir de definiciones que hacen a la categoría de HUMEDAL y términos similares, el proyecto establece, un marco regulatorio que garantiza la protección de la integridad ecológica de estos ecosistemas, además de proponer políticas públicas y acciones destinadas a identificar, proteger y garantizar la permanencia de manera sustentable de este tipo de superficies; Que, los humedales ofrecen valiosos servicios ecosistémicos, tales como el abastecimiento de agua, la amortiguación de las inundaciones, la reposición de aguas subterráneas, la estabilización de costas, la protección contra las tormentas, la retención y exportación de sedimentos y nutrientes, la depuración de las aguas y la provisión de hábitats para la diversidad biológica; Que, a su vez, los humedales absorben y almacenan carbono de forma natural. A modo de ejemplo, las turberas, un tipo de humedal, cubren alrededor del 3% de la tierra de nuestro planeta y aproximadamente el 30% de todo el carbono terrestre, es decir, el doble de la cantidad de todos los bosques del mundo juntos; Que, la degradación de los humedales proviene principalmente de cambios en el uso del suelo vinculados a la agricultura y el pastoreo, la desviación de agua mediante represas, diques y canalizaciones, el desarrollo inmobiliario en valles fluviales y zonas costeras en general, incendios intencionales, y la contaminación del aire y el agua; Que, la sanción de la Ley de Humedales es el primer paso urgente y necesario para garantizar una preservación de los ecosistemas que a su vez atienda a la dimensión económica, social y cultural; Que, nuestro distrito se ha visto muy afectado recurrentemente por grandes incendios en la zona de islas, provocando daños a la salud y pérdidas materiales, fundamentalmente a nuestra población isleña, Que, esta situación ha provocado que este Honorable Cuerpo se haya expedido claramente sobre el tema, ocupando permanentemente nuestra atención. Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: R E S O L U C I Ó N
Artículo 1°: Expresar beneplácito y solicitar el pronto tratamiento y aprobación del Proyecto de Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para el Uso Racional y Sostenible de los Humedales registrado bajo el número 0075-D-2022, que establece presupuestos mínimos para la conservación, uso racional y sostenible de los humedales en
todo el territorio de la Nación, asegurando la integridad de los servicios eco sistémicos que brindan. Artículo 2°: Remítase copia de la presente a las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación.
Artículo 3º: Dese a difusión en los medios escritos, audiovisuales y portales informativos web de la zona.
Artículo 4°: De forma.
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