N° Expediente: 045/21


Clase de Expediente: Comunicación por Pedido de Informe

Título / Síntesis: Solicitando informe al D.E.M sobre el Servicio Local Distrital de atención para la niñez.

Autor Otro - BLOQUE JUNTOS POR EL CAMBIO - CAMBIEMOS

Fecha de Ingreso: 2021-04-13

Estado del Expediente: Pasado a Comisión

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 - H.C.D. 045/21.-

 

VISTO:

Los hechos denunciados que han tomado estado público desde el martes pasado por irregularidades y falta de recursos humanos y económicos que se detectaron en el servicio local distrital para la atención de la niñez.

Y CONSIDERANDO:

Que, desde el inicio de las medias de Aislamiento y distanciamiento social decretas por el poder Ejecutivo Nacional, Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Zárate, en el mes de marzo del año 2020, adoptadas como medidas de lucha contra los efectos de la Pandemia COVID-19, se vieron afectadas desde entonces hasta estos días la efectiva presentación del servicio local para la atención de la niñez.

Que, es fundamental que esos niños, niñas y adolescentes continúen con sus tratamientos y se sigan brindando todas las prestaciones del servicio distrital para atención a la niñez atento a los graves perjuicios que pueden padecer a futuro como consecuencia de dicha desatención.

Que, de los informe realizados por los profesionales, trabajadores sociales que conocen la situación particular de cada niño, niña y/o adolescente que concurre a dicho establecimiento, dan cuenta de lo que ha causado en los niños y en su núcleo familiar la falta de seguimiento y atención, agudizados en este contexto de pandemia que sin protocolos adecuados y falta de recursos humanos y económicos en el servicio local hacen de una actuación deficiente y poco comprometida con las necesidades de estas familias, donde la problemática familiar persiste. Es el municipio local, quien debe velar por la proteccion e integridad de esos menores, para que los derechos de estos no se vean vulnerados, tal cual fue el compromiso que asumió, según consta en la ordenanza Nro 4526 de 2016, con la creación del Consejo Local de Promoción y protección de los Derechos de los niños de Zárate; todo ello en los términos de la ley Provincial 13.298.

Que, de las denuncias conocidas, dan cuenta de que la problemática respecto a la atención de la niñez en Zarate, es grave. Que, el servicio local, dependiente del Ejecutivo Municipal, es el encargado de que esas prestaciones sean cumplidas.

Que hoy por hoy, ya no existe el grupo de profesionales que antes de la pandemia, atendía a esos niños, niñas y adolescentes en estado de vulnerabilidad, entiéndase: psicólogos, spicopedagodos, siquiatras, etc. a nivel gratuito para los niños niñas y adolescentes de todo el distrito.

Que, la pandemia lo que hizo fue visibilizar la problemática de escases en recursos humanos y económicos para este sector que los profesionales venían viviendo años anteriores. La situación fue empeorando, con carencias, falencias y deficiencias.

Que los niños, y familias no pueden esperar, los informes deben ser respondidos para poder dar respuesta a esas situaciones en particular. Esos informes tienen cara, nombre y apellido, son niños que pueden vivir alguna situación de abuso o estar incursionando en las drogas y con una situación de vulnerabilidad extrema que el estado debe responder para evitar una problemática mayor. Los niños y adolescentes deben ser nuestra prioridad.

Que, el 66% de nuestros niños, niñas y adolescentes son pobres en nuestro país, es fundamental dar respuesta a las necesidades de este sector de la población que no podemos permitirnos que esa infancia sea invisible frente al distrito.

Que existen tratados internacionales con rango institucional, que protegen los derechos de los niños niñas y adolescentes. Por tal motivo, es prioridad del estado ocuparse y preocuparse de una realidad muy triste en nuestro país y particularmente en nuestra ciudad que por déficit de recursos económicos y humanos en el servicio local distrital, se ve suspendida dicha atención.

Que en este orden de ideas, resulta conveniente y oportuno dejar sentada la posición de este Cuerpo Deliberativo.

Por lo expuesto anteriormente y en uso de facultades que le son propias EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ZARATE sanciona el siguiente proyecto:

COMUNICACIÓN (Pedido de Informe)

ARTÍCULO 1°.-Solicitese al Departamento Ejecutivo Municipal, en carácter de urgente, informe:

A) Si el Servicio Local Distrital de atención para la niñez, se encuentra actualmente funcionado, días y horarios, responsable a cargo, cantidad de profesionales para asistencia de menores por especialidad que el prestan servicio y lugares de prestación de los mismos.

B) Cantidad de expedientes trabajados e informes emitidos desde Marzo 2020 hasta la fecha.

C) Cantidad de niños con casos presuntos de abuso sexuales atendidos durante el año 2020

D) Cantidad de recursos humanos desempeñando tareas en dicho servicio desde marzo 2020 hasta la fecha.

E) Cantidad de denuncias judiciales se han generado desde los informes elevados por los trabajadores sociales

F) Cómo es el seguimiento posterior por parte del servicio local, de los casos informados respectos a la problemática sobre el consumo de drogas en los niños y adolescentes

G) cuál fue el tratamiento y abordaje, desde el punto de vista psicológico social e inclusivo, que realizaron respecto a los niños, niñas y adolescentes que se encuentran en las esquinas de las calles haciendo "malabares". Cuál es la situación familiar de esos menores?

H) Durante todo el 2020 han recibido informes reiterados sobre hechos puntuales que tengan que ver con una problemática familiar que incluya menores y fue desatendida? Si es positiva, indique como es la situación actual de esa familiar y/o menores. E indique las acciones judiciales que ha tomado el municipio en estos casos.

I) Indique cual ha sido la evolución presupuestaria desde 2017 hasta la actualidad y su ejecución.

J) Cantidad de casos de búsqueda de paradero de menores han recibido y atendido durante el 2020.

K) Informe los recursos del fondo COVID que se han destinado durante el 2020 a la Dirección de Niñez

ARTÍCULO 2°.-. De forma.