![]() Acta de Sesión ![]() Acta Sesión Ordinaria del 31-07-2025 CORRESPONDE A ACTA DE SESIONES Nº 1.137.- HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE 10ma. SESION PUBLICA ORDINARIA - 31 de julio de 2025.- ACTA Nº 1.137: Sr. Presidente: Conc. Unrein Walter: Hola buenas tardes, siendo las 16:17hs.,damos comienzo a la 10ma. Sesión Pública Ordinaria del día de la fecha, vamos a pasar al primer Punto del "Orden del Día", pasar lista, a los señores concejales.---------------------------------------------------------------- Sra. Subsecretaria: Berni, Alejandra...........................................Conc. Berni....................Presente Sra. Subsecretaria: Blanco, Natalia..........................................Conc. Blanco..................Presente Sra. Subsecretaria: Bochini, Roberto Hernán................................Conc. Bochini...................Presente Sra. Subsecretaria: Budano, Marcela.........................................Conc. Budano................Presente Sra. Subsecretaria: Cabeza, Mónica..........................................Conc. Cabeza.................Presente Sra. Subsecretaria: Castiglioni, Lucas Martín...............................Conc. Castiglioni..............Ausente Sra. Subsecretario: De Silva, Marisa..........................................Conc. De Silva................Ausente Sra. Subsecretario: Di Giuseppe, Blanca Margarita.......................Conc. Di Giuseppe.........Presente Sra. Subsecretaria: Fenestraz, Lautaro Emilio..............................Conc. Fenestraz............Presente Sra. Subsecretaria: Finkel, Eduardo..............................................Conc. Finkel.................Presente Sra. Subsecretaria: Gallea, María Elena......................................Conc. Gallea................Presente Sra. Subsecretaria: Hergert, Daiana Alejandra..............................Conc. Hergert................Ausente Sra. Subsecretaria: Matilla, Leandro Adolfo.................................Conc. Matilla.................Presente Sra. Subsecretaria: Morino, Aldo Bruno......................................Conc. Morino.................Presente Sra. Subsecretaria: Olivera, Ignacio..............................................Conc. Olivera................Presente Sra. Subsecretaria: Palermo, Vanesa Liliana................................Conc. Palermo..............Presente Sra. Subsecretaria: Schiavoni, Marcelo Daniel..............................Conc. Schiavoni.............Ausente Sra. Subsecretaria: Semeria Olmos, Victoria................................Conc. Semeria Olmo.....Presente Sra. Subsecretaria: Toncovich, Norberto Fernando........................Conc. Toncovich..........Presente Sra. Subsecretaria: Unrein, Walter Ricardo....................................Conc. Unrein................Presente Sr. Presidente: Con la presencia de dieciséis (16) señores concejales, continuamos con la Sesión Pública Ordinaria, del día de la fecha, pasamos al segundo punto del "Orden del Día".-------------------- 2do.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", Izar el Pabellón Nacional, Concejal: MATILLA, Leandro (aplausos...).---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 3ro.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", Consideración de las Actas de Sesión Nº 1.135.------------------ Por la afirmativa, me señalan su voto, dieciséis (16) votos, aprobado.- La concejal Blanco solicita el ingreso por fuera del "Orden del Día", del Expediente Nº 250.-- ¿Quién apoya la moción de la concejal?, concejales : Matilla, Toncovich.... Vamos a dar lectura del Expediente por secretaria.--------Sr. Secretario (Lee...): Expediente Nº: 250/25. Zárate 31 de julio de 2025. Zárate, 31 de Julio de 2025 Señor Presidente del Honorable Concejo Deliberante Partido de Zárate Walter Unrein S/D De mi mayor consideración: Me dirijo a Ud. a los fines de solicitar licencia por motivos personales desde el día 31 de Julio hasta el día 29 de Agosto de 2025. Sin otro particular, lo saludo atte.: Marisa De Silva, concejal.- CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 - H.C.D. 250/25.- VISTO: La nota presentada por la Concejal DE SILVA, Marisa solicitando autorización del uso de licencia; y.- CONSIDERANDO: Que, corresponde designar al Concejal Suplente para ocupar el cargo que cubra dicha licencia en este Honorable Cuerpo.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona el siguiente: DECRETO Nº 2093.- ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la Concejal DE SILVA, Marisa a hacer uso de licencia por el término de treinta (30) días, desde el dia 31 de Julio al 29 de Agosto de 2025, inclusive.- ARTÍCULO 2º.- Incorpórese a este Honorable Concejo Deliberante a la Sra. CASTRO, Vanina, D.N.I. Nº 24.916.629, en reemplazo de la Concejal DE SILVA, Marisa de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Nº 1863 de fecha 26 de Mayo de 2022, ratificado por Decreto Nº 1870 de fecha 19 de Junio de 2022, ambos de este Honorable Cuerpo.- ARTÍCULO 3º.- De Forma.------------------------------------------------------------------------ Sr. Presidente: Vamos a votar el ingreso por "Fuera del Orden del Día", del Expediente, por la afirmativa me señalan su voto. Quince (15) votos, aprobado. La concejal Blanco mociona tratamiento "Sobre Tablas". Vamos a votar la propuesta de la concejal por la afirmativa, me señalan su voto. Quince (15) votos, aprobado. Ahora estamos en tratamiento del Expediente Nº: 250. ¿algún concejal va a hacer uso de la palabra? Pasamos entonces a votar el Expediente Nº: 250, en General por la afirmativa, me señalan su voto. Quince (15) votos, aprobado. En Particular y en bloque Art 1º y 2º, me señalan su voto. Quince (15) votos. Aprobado en General y Particular el Expediente Nº: 250. Invitamos a la concejal Castro a tomar su asiento.- Matilla solicita un "Cuarto Intermedio" de la comisión de "Legislación" (ampliada). ¿Quién apoya la moción? concejales Cabeza, Blanco... Vamos a votar entonces el pasaje de "Cuarto Intermedio", propuesto por el concejal, para la comisión de "Legislación", por la afirmativa, me señalan su voto. Dieciséis (16) votos aprobado. Siendo las 16:21hs, pasamos a un "Cuarto Intermedio".----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO INTERMEDIO--------------------------------------------- Sr. Presidente: Siendo las 17:26hs., retornamos del "Cuarto Intermedio", vamos a pasar lista a los señores concejales.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sra. Subsecretaria: Berni, Alejandra...........................................Conc. Berni....................Presente Sra. Subsecretaria: Blanco, Natalia..........................................Conc. Blanco..................Presente Sra. Subsecretaria: Bochini, Roberto Hernán................................Conc. Bochini...................Presente Sra. Subsecretaria: Budano, Marcela.........................................Conc. Budano................Presente Sra. Subsecretaria: Cabeza, Mónica..........................................Conc. Cabeza..................Ausente Sra. Subsecretaria: Castiglioni, Lucas....................................Conc. Castiglioni..................Ausente Sra. Subsecretaria: Castro, Vanina.............................................Conc. Castro................Presente Sra. Subsecretario: Di Giuseppe, Blanca Margarita.......................Conc. Di Giuseppe.........Presente Sra. Subsecretaria: Fenestraz, Lautaro Emilio..............................Conc. Fenestraz............Presente Sra. Subsecretaria: Finkel, Eduardo..............................................Conc. Finkel.................Presente Sra. Subsecretaria: Gallea, María Elena......................................Conc. Gallea................Presente Sra. Subsecretaria: Hergert, Daiana Alejandra..............................Conc. Hergert................Ausente Sra. Subsecretaria: Matilla, Leandro Adolfo.................................Conc. Matilla.................Presente Sra. Subsecretaria: Morino, Aldo Bruno......................................Conc. Morino.................Presente Sra. Subsecretaria: Olivera, Ignacio..............................................Conc. Olivera................Presente Sra. Subsecretaria: Palermo, Vanesa Liliana................................Conc. Palermo..............Presente Sra. Subsecretaria: Schiavoni, Marcelo Daniel..............................Conc. Schiavoni.............Ausente Sra. Subsecretaria: Semeria Olmos, Victoria................................Conc. Semeria Olmo.....Presente Sra. Subsecretaria: Toncovich, Norberto Fernando........................Conc. Toncovich..........Presente Sra. Subsecretaria: Unrein, Walter Ricardo....................................Conc. Unrein................Presente Sr. Presidente: Dejamos asentada la presencia de la concejal Cabeza, así que con Dieciséis (16) Concejales presentes, continuamos con la 10ma. Sesión Pública Ordinaria, del dia de la fecha.... Perdón, con diecisiete (17) concejales, dejamos asentada la... continuamos con la 10ma. Sesión Pública Ordinaria. Pasamos ahora si al siguiente Punto del "Orden del Día".----------------------------------- 4to.- ASUNTOS ENTRADOS- COMUNICACIONES OFICIALES.------------------------------------------------- Expediente Nº: 244/25.- D.E. DECRETO: Pista de atletismo - campo olímpico municipal obra deportiva.- Por secretaria, se dará lectura.--------------------------------------------------------------------------------Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a la comisión de "Legislación e Interpretación".- Expediente Nº: 245/25.- D.E. NOTA: Elevando análisis bacteriológicos de agua realizados en el mes junio 2025.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------------------------------------------------ Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a la comisión de "Medio Ambiente".------------- 5to.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", PETICIONES O ASUNTOS PARTICULARES.---- Expediente Nº: 234/25.- Vecino Sr. Sosa Martin N. Nota: Solicitando intervención del H.C.D., por diversos hechos de inseguridad en Escuela Primaria Nº 27.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a las comisiones de "Desarrollo Humano", "Seguridad" y "Presupuesto y Hacienda".--------------------------------------------------------------------------------- Expediente Nº: 249/25.- Vecino SUTEBA Zárate. Nota: Solicitando la atención del SEMU en las Instituciones Educativas del Distrito.- Por secretaria, se dará lectura.--------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a la comisión de "Desarrollo Humano".--------- 6to.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", PROYECTOS ENTRADOS.--------------------------------------------- Expediente Nº: 238/25.- Bloque Fuerza Patria -P.J. Resolución: Expresando repudio a cierres y despidos del Sector Químico.- Por secretaria, se dará lectura.----------------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): En este caso, tenemos dos "Despachos".--------------------------------------------------Despacho por la Mayoría: Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a la comisión de "Legislación e Interpretación".- Despacho por la Minoría: Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve su Tratamiento "Sobre Tablas".---------------------------- Sr. Presidente: Bueno, vamos a votar primero el Despacho de la Mayoría, que indica pase a "Legislación". Por la afirmativa, me señalan su voto. Doce (12) votos, aprobado, pase a "Legislación".-Expediente Nº: 242/25.- Bloque Fuerza Patria -P.J. Ordenanza: Creación de una plaza pública sobre Calle Saavedra entre Paraguay y Pje. Píagna.- Por secretaria, se dará lectura.----------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a las comisiones de "Obras y Servicios Públicos", "Presupuesto y Hacienda" y "Legislación e Interpretación".-------------------------------------------- Expediente Nº: 243/25.- Bloque Fuerza Patria -P.J. Resolución: al D.E.M. eleve pedido ante la C.E.Z., para mantenimiento de alumbrado público en calle Pje. Píagna y calle España.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a la comisión de "Obras y Servicios Públicos".- Expediente Nº: 246/25.- Interbloque Juntos Somos Zárate -U.C.R. Ordenanza: Declarando Personalidad Destacada de la Cultura de Zárate a la Prof. Marisé Monteiro.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Sr. Presidente: La concejal Blanco Mociona que el Expediente pase por las comisiones de "Presupuesto y Hacienda" y "Legislación e Interpretación" ¿Quién apoya la moción de la concejal? Concejales Matilla, Toncovich... Vamos a votar entonces, la propuesta de la concejal Blanco, de que este expediente pase a las comisiones de "Presupuesto" y "Legislación". Por la afirmativa, me señalan su voto. Diecisiete (17) votos, aprobado el pase a "Presupuesto" y "Legislación".------------------------------------------------------------- Expediente Nº: 247/25.- Interbloque Juntos Somos Zárate -U.C.R. Resolución: Felicitando a Gendarmería Nacional en su 87º Aniversario.- Por secretaria, se dará lectura.-------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve su Tratamiento "Sobre Tablas".- CORRESPONDE A EXPTE. 4121 -H.C.D. 247/25.- VISTO: Que el pasado 28 de Julio se celebró el 87 Aniversario de la Sanción de la Ley Nº 12.367; y.- CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio de 1938, mediante la sanción de la Ley N.º 12.367, fue creada la Gendarmería Nacional Argentina, con el propósito de consolidar la presencia del Estado en las zonas de frontera y asegurar la defensa de la soberanía nacional, particularmente en regiones alejadas y de difícil acceso.- Que, desde su creación, esta institución ha demostrado una vocación de servicio inquebrantable, cumpliendo funciones fundamentales para la seguridad interior, el orden público, y la lucha contra delitos como el narcotráfico, el contrabando y la trata de personas.- Que, la Gendarmería se ha consolidado como una fuerza disciplinada, profesional y versátil, participando en operativos rurales y urbanos, misiones de paz internacionales, y colaborando estrechamente con otras fuerzas de seguridad en todo el país.- Que, se destaca por su presencia institucional en situaciones de emergencia, catástrofes naturales y conflictos sociales, siempre bajo el marco de las leyes nacionales vigentes.- Que, su accionar en las fronteras, rutas nacionales, pasos internacionales y áreas estratégicas es indispensable para el desarrollo y resguardo del territorio.- Que, a través de sus escuadrones, unidades especiales y centros de formación, la Gendarmería mantiene una presencia federal efectiva, y continúa formando cuadros comprometidos con los valores de la República, el respeto a los derechos humanos, y el cumplimiento de la ley.- Que, las funciones y atribuciones de la Gendarmería Nacional Argentina está regulado por las leyes Nº 12.367 , ley de creación , Ley de Seguridad Interior (Nº 24.059), Ley de Defensa Nacional (Nº 23.554), Ley de Inteligencia Nacional (Nº 25.520) y el Código Penal y Procesal Penal de la Nación.- Que, la Gendarmería está desplegada en todo el territorio nacional, especialmente en las Fronteras norte, oeste y sur, en los más de 100 Pasos Internacionales , en la Patagonia, zonas deshabitadas y rurales, en las Rutas nacionales y en Áreas urbanas vulnerables como lo está haciendo en el AMBA o Rosario por pedido del Estado.- Que, la Gendarmería sólo puede intervenir en delitos federales o cuando es requerida por autoridad competente.- Que, la Gendarmería no actúa por iniciativa propia en tareas de seguridad urbana, salvo cuando se lo autoriza expresamente.- Que, la Gendarmería Nacional es reconocida por su disciplina militar, adaptada a la seguridad interior, su actuación en situaciones de alto riesgo y su rol clave en el combate al narcotráfico.- Que, en su 87º Aniversario, corresponde rendir homenaje a los hombres y mujeres que integran la Gendarmería Nacional Argentina, muchos de los cuales han dado su vida en cumplimiento del deber reconociendo el valor y la entrega cotidiana de quienes forman parte de esta fuerza.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: RESOLUCIÓN Nº 4205.- ARTÍCULO 1º.- El Honorable Concejo Deliberante del partido de Zárate saluda y felicita al personal de la Gendarmería Nacional Argentina al cumplirse el 87° Aniversario de su fundación, destacando su labor en la materia de Seguridad Nacional.- ARTÍCULO 2º.- Envíese copia de la presente al Comandante General Claudio Miguel Brilloni actual Director Nacional de la Gendarmería Nacional Argentina.- ARTÍCULO 3º.- Envíese copia de la presente al Ministerio de Seguridad de la Nación Argentina.- ARTÍCULO 4º.- Dese difusión de la presente en los medios informativos y portales web de la zona.- ARTÍCULO 5°.- De Forma.---------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Presidente: Estamos en tratamiento del Expediente Nº: 247/25. ¿Algún concejal va a hacer uso de la palabra?.. Pasamos entonces a la votación. En General, por la afirmativa, me señalan su voto. dieciséis (16) votos, aprobado. En Particular y en bloque art. 1º al 4º, me señalan su voto. Dieciséis (16) votos. Aprobado en General y Particular el Expediente Nº: 247/25.----------------------------------------- Expediente Nº: 248/25.- Interbloque Juntos Somos Zárate -U.C.R. Resolución: Convocando a alumnos de Nivel Secundario a ser protagonistas del cambio de hábitos ambientales.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Labor Legislativa", toma conocimiento del presente expediente y resuelve remitir a la comisión de "Medio Ambiente" y "Legislación e Interpretación"".----------------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Presidente: La concejal Blanco, mociona para ir a un "Cuarto Intermedio", de las comisiones de "Presupuesto y Hacienda" y "Legislación e Interpretación", para tratar los expedientes Nº: 244 y 246. ¿Quién apoya la moción de la concejal?, concejales Toncovich, Olivera... Vamos a votar entonces la moción de la concejal. Por la afirmativa, me señalan su voto. Dieciséis (16) votos, aprobado. Siendo las 17:35hs., pasamos a un "Cuarto Intermedio".-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO INTERMEDIO----------------------------------------------- Sr. Presidente: Siendo las 18:02hs., retornamos del "Cuarto Intermedio", vamos a pasar lista a los señores concejales.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sra. Subsecretaria: Berni, Alejandra...........................................Conc. Berni....................Presente Sra. Subsecretaria: Blanco, Natalia..........................................Conc. Blanco..................Presente Sra. Subsecretaria: Bochini, Roberto Hernán................................Conc. Bochini...................Presente Sra. Subsecretaria: Budano, Marcela.........................................Conc. Budano................Presente Sra. Subsecretaria: Cabeza, Mónica..........................................Conc. Cabeza.................Presente Sra. Subsecretaria: Castiglioni, Lucas....................................Conc. Castiglioni..................Ausente Sra. Subsecretaria: Castro, Vanina.............................................Conc. Castro................Presente Sra. Subsecretario: Di Giuseppe, Blanca Margarita.......................Conc. Di Giuseppe.........Presente Sra. Subsecretaria: Fenestraz, Lautaro Emilio..............................Conc. Fenestraz............Presente Sra. Subsecretaria: Finkel, Eduardo..............................................Conc. Finkel.................Presente Sra. Subsecretaria: Gallea, María Elena......................................Conc. Gallea................Presente Sra. Subsecretaria: Hergert, Daiana Alejandra..............................Conc. Hergert................Ausente Sra. Subsecretaria: Matilla, Leandro Adolfo.................................Conc. Matilla.................Presente Sra. Subsecretaria: Morino, Aldo Bruno......................................Conc. Morino.................Presente Sra. Subsecretaria: Olivera, Ignacio..............................................Conc. Olivera................Presente Sra. Subsecretaria: Palermo, Vanesa Liliana................................Conc. Palermo..............Presente Sra. Subsecretaria: Schiavoni, Marcelo Daniel..............................Conc. Schiavoni.............Ausente Sra. Subsecretaria: Semeria Olmos, Victoria................................Conc. Semeria Olmo.....Presente Sra. Subsecretaria: Toncovich, Norberto Fernando........................Conc. Toncovich..........Presente Sra. Subsecretaria: Unrein, Walter Ricardo....................................Conc. Unrein................Presente Sr. Presidente: Dejamos asentada la presencia de la concejal Cabeza, así que con Diecisiete (17) Concejales presentes, continuamos con la 10ma. Sesión Pública Ordinaria, del dia de la fecha.... Pasamos ahora si al siguiente Punto del "Orden del Día".------------------------------------------------------------ 7mo.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", DESPACHO DE COMISIONES (Destino de ARCHIVO).---- Expediente Nº: 009/25.- Bloque Unión Por la Patria -P.J. Resolución: Solicitando al D.E.M., mejoras en la iluminación del Bº San José de Lima.------------------------------------------------------------------- Sr. Presidente: Pasamos directamente a la votación.. Por la afirmativa, me señalan su voto, para el destino de "ARCHIVO". Doce (12) votos, pase a "ARCHIVO".------------------------------------------------------ Expediente Nº: 014/25.- Bloque Unión Por la Patria -P.J. Resolución: Solicitando al D.E.M., limpieza de pluviales en la Ciudad de Lima.------------------------------------------------------------------------------ Sr. Presidente: Por la afirmativa, me señalan su voto, para el destino de "ARCHIVO". Doce (12) votos, pase a "ARCHIVO".------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Expediente Nº: 052/25.- Bloque Unión Por la Patria -P.J. Resolución: Solicitando al D.E.M., efectúe acciones para colocación de luminarias en calle 13 y 16 Bº Vipermun Lima.------------------------- Sr. Presidente: Concejal Matilla, tiene la palabra.----------------------------------------------------------------------- Debate Conc. Matilla: Muchas gracias presidente y perdón por la interrupción anterior. Sencillamente obviamente es notorio, como pasa en la mayoría de las Sesiones, encontrarnos, con estos despachos con destino a archivo. Los cuales, vienen todos del mismo espacio político, en este caso del espacio político, que ejerzo la presidencia y en todos además con pedidos que vecinos y vecinas nos han realizado, además de los cuales, hemos consultado y no es cierto que se encuentren resueltos, así que obviamente no lo acompañamos en la comisión cuando lo pidieron al archivo y estamos justificando en este momento nuestro "no acompañamiento", porque se han archivado expedientes en virtud de los cuales, son presentados por concejales, en representación de pedidos de vecinos, relacionados con obras que el Ejecutivo debería hacer o no hacer. Pero por lo menos si, tener la posibilidad de tomar conocimiento de cuáles son los pedidos que los concejales, queremos realizar, esa es la..... lo que quería hacer uso de la palabra. gracias.----------------------------------------------------------------------------------- Conc. Olivera: Gracias, es para explicar un poco. Cuando hemos ido a las comisiones, hemos dialogado y hemos conversado con el Delegado de Lima, el cual obviamente estaba anoticiado del Expediente y había comenzado ya con todas las gestiones necesarias ya para dar solución a todos estaos reclamos, razón por la cual, nosotros, la mayoría de la comisión ha decidido que estaos expedientes, bueno, pasen con destino a "archivo". Nada más.--------------------------------------------------------------------------Conc. Matilla: Gracias presidente. Estos expedientes, fueron tratados en "Obras Públicas", que el concejal preopinante no está y además, en ninguna de las comisiones vino el Delegado de Lima, y en ninguna de las comisiones al Delegado de Lima se lo convoco. Esto, quiero que quede "Constancia en Acta", porque es mentira, ¿pudieron haber hablado?, si!... pero no es cierto, que en el trabajo de comisiones, se haya hablado con el delegado de Lima. Así que por favor, pido que quede "Constancia en Acta", de lo dicho en este intercambio de palabras. Gracias.----------------------------------------------------Conc. Budano: Gracias señor presidente. Como usted sabe, nuestro bloque, recorre los barrios, los vecinos mismos nos dicen que los temas de estos barrios, no están solucionados. Nosotros creemos en la palabra de los vecinos, que ellos mismos nos están enviando mensajes diciendo. "aca nadie soluciono ninguno de los temas", planteados en estas Resoluciones. Gracias señor presidente.--------- Sr. Presidente: Gracias concejal. ¿Algún otro concejal va a hacer uso de la palabra?... bueno, pasamos entonces a la votación de "ARCHIVO", del Expediente Nº: 052/25. Vamos a votar de forma nominal me señalan su voto por la afirmativa... si perdón vamos a dar votación nominal por secretaria.---------------- Sra. Subsecretaria: Berni, Alejandra...........................................Conc. Berni.................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Blanco, Natalia..........................................Conc. Blanco................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Bochini, Roberto Hernán................................Conc. Bochini.................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Budano, Marcela.........................................Conc. Budano................Negativo Sra. Subsecretaria: Cabeza, Mónica..........................................Conc. Cabeza.................Negativo Sra. Subsecretaria: Castiglioni, Lucas....................................Conc. Castiglioni..................Ausente Sra. Subsecretaria: Castro, Vanina.............................................Conc. Castro...............Afirmativo Sra. Subsecretario: Di Giuseppe, Blanca Margarita.......................Conc. Di Giuseppe.......Afirmativo Sra. Subsecretaria: Fenestraz, Lautaro Emilio..............................Conc. Fenestraz............Negativo Sra. Subsecretaria: Finkel, Eduardo..............................................Conc. Finkel................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Gallea, María Elena......................................Conc. Gallea...............Afirmativo Sra. Subsecretaria: Hergert, Daiana Alejandra..............................Conc. Hergert................Ausente Sra. Subsecretaria: Matilla, Leandro Adolfo.................................Conc. Matilla.................Negativo Sra. Subsecretaria: Morino, Aldo Bruno......................................Conc. Morino.................Negativo Sra. Subsecretaria: Olivera, Ignacio..............................................Conc. Olivera...............Afirmativo Sra. Subsecretaria: Palermo, Vanesa Liliana................................Conc. Palermo.............Afirmativo Sra. Subsecretaria: Schiavoni, Marcelo Daniel..............................Conc. Schiavoni.............Ausente Sra. Subsecretaria: Semeria Olmos, Victoria................................Conc. Semeria Olmo....Afirmativo Sra. Subsecretaria: Toncovich, Norberto Fernando........................Conc. Toncovich.........Afirmativo Sra. Subsecretaria: Unrein, Walter Ricardo....................................Conc. Unrein...............Afirmativo Sr. Presidente: Once (11) votos, queda aprobado el pasaje a "ARCHIVO", del expediente Nº: 052/25.- Expediente Nº: 099/25.- Bloque Unión Por la Patria -P.J. Resolución: Solicitando al D.E., mantenimiento de zanjas y arreglo de las calles 16 y 23 de Lima.------------------------------------------------- Sr. Presidente: ¿Algún concejal va a hacer uso de la palabra?, Pasamos entonces a la votación del Expediente 099/25. Por la afirmativa, me señalan su voto, para el destino de "ARCHIVO". Once (11) votos, pase a "ARCHIVO".---------------------------------------------------------------------------------------------------- Expediente Nº: 182/25.- D.E. Nota: Elevando análisis bacteriológico de agua periodo 10-02-25 al 19-02-25.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Presidente: Por la afirmativa, me señalan su voto, para el destino de "ARCHIVO". Diecisiete (17) votos, pase a "ARCHIVO".---------------------------------------------------------------------------------------------------- DESPACHO DE COMISIONES.--------------------------------------------------------------------------------------------- Expediente Nº: 230/25.- Interbloque Juntos Somos Zarate -U.C.R. Ordenanza: Derogando la Ordenanza Nº 4329 (Convenio de colaboración y reciprocidad suscripto entre el D.E.M. y Bomberos Voluntarios de Zárate).- La concejal Blanco Mociona un "Cuarto Intermedio", para que el Expediente vuelva a la comisión de "Legislación", ¿Quién apoya la moción de la concejal? Concejales Toncovich, Gallea.... Vamos a pasar a votar el Pase a un "Cuarto Intermedio", para tratar el Expediente en la comisión de "Legislación" , el Expediente Nº: 230. Por la afirmativa, me señalan su voto. Diecisiete (17) votos, aprobado. Siendo las 18:12hs., pasamos a un "Cuarto Intermedio".------------------------------------------------------------------------------------------------CUARTO INTERMEDIO--------------------------------------------- Sr. Presidente: Siendo las 18:24hs., retornamos del "Cuarto Intermedio", vamos a pasar lista a los señores concejales.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sra. Subsecretaria: Berni, Alejandra...........................................Conc. Berni....................Presente Sra. Subsecretaria: Blanco, Natalia..........................................Conc. Blanco..................Presente Sra. Subsecretaria: Bochini, Roberto Hernán................................Conc. Bochini...................Presente Sra. Subsecretaria: Budano, Marcela.........................................Conc. Budano................Presente Sra. Subsecretaria: Cabeza, Mónica..........................................Conc. Cabeza.................Presente Sra. Subsecretaria: Castiglioni, Lucas....................................Conc. Castiglioni..................Ausente Sra. Subsecretaria: Castro, Vanina.............................................Conc. Castro................Presente Sra. Subsecretario: Di Giuseppe, Blanca Margarita.......................Conc. Di Giuseppe.........Presente Sra. Subsecretaria: Fenestraz, Lautaro Emilio..............................Conc. Fenestraz............Presente Sra. Subsecretaria: Finkel, Eduardo..............................................Conc. Finkel.................Presente Sra. Subsecretaria: Gallea, María Elena......................................Conc. Gallea................Presente Sra. Subsecretaria: Hergert, Daiana Alejandra..............................Conc. Hergert................Ausente Sra. Subsecretaria: Matilla, Leandro Adolfo.................................Conc. Matilla.................Presente Sra. Subsecretaria: Morino, Aldo Bruno......................................Conc. Morino.................Presente Sra. Subsecretaria: Olivera, Ignacio..............................................Conc. Olivera................Presente Sra. Subsecretaria: Palermo, Vanesa Liliana................................Conc. Palermo..............Presente Sra. Subsecretaria: Schiavoni, Marcelo Daniel..............................Conc. Schiavoni.............Ausente Sra. Subsecretaria: Semeria Olmos, Victoria................................Conc. Semeria Olmo.....Presente Sra. Subsecretaria: Toncovich, Norberto Fernando........................Conc. Toncovich..........Presente Sra. Subsecretaria: Unrein, Walter Ricardo....................................Conc. Unrein................Presente Sr. Presidente: Con Diecisiete (17) Concejales presentes, continuamos con la 10ma. Sesión Pública Ordinaria, del dia de la fecha.... Estamos en Despacho de Comisiones.----------------------------------------- Expediente Nº: 235/25.- D.E. Ordenanza: Normativa de Establecimiento y/o Locales de esparcimiento.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Zárate 29 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Presupuesto y Hacienda", toma conocimiento del presente expediente y resuelve dar "Despacho Favorable", al Proyecto de Ordenanza, obrante a fojas 2 a 30 y su anexo de fojas 31 a 32 con sus modificaciones y su pase a la comisión de "Legislación e Interpretación" y.- Zárate 29 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Legislación e Interpretación", toma conocimiento del presente expediente y resuelve dar "Despacho Favorable", al Proyecto de Ordenanza, obrante a fojas 2 a 30 y su anexo de fojas 31 a 32 con sus modificaciones introducidas en la comisión de "Presupuesto y Hacienda".- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - H.C.D. 235/25.- VISTO: La necesidad de modificar, actualizar y regular la normativa que regula las actividades de esparcimiento y aquellas relacionadas con la nocturnidad o esparcimiento nocturno en el Partido de Zárate, que actualmente son alcanzadas por la Ordenanza 4104 y sus modificatorias 4387, 4439 y 4939, y.- CONSIDERANDO: Que, es conveniente readecuar la normativa vigente referente a las actividades comerciales orientadas al esparcimiento público, como lo son las confiterías bailables, cervecerías, bares, salones de fiestas y toda otra actividad de diversión nocturna.- Que, ello hace necesario la actualización de un ordenamiento que se ajuste a las circunstancias en las que se desarrolla la nocturnidad en la actualidad en el partido de Zárate a los fines de garantizar una mejor organización que devengue en el orden y la seguridad pública.- Que, la actividad y establecimientos de diversión o esparcimiento nocturno fueron primariamente regulados en nuestro Partido de Zárate por la Ordenanza 2639, sancionada en el año 1990, cuyo ámbito material de aplicación eran las actividades que denominaba confiterías bailables, boites, café concert, salones en alquiler para fiestas particulares, y otros locales similares de recreación nocturna.- Que, dicha Ordenanza 2639 fue derogada por sustitución por la Ordenanza 3404, sancionada en el año 2003 la que identifica de manera genérica, a los fines de su aplicación, a los rubros alcanzados como de diversión nocturna y casas de comida y comercios afines, determinando que se trata de establecimientos denominados clubes nocturnos y boites, confiterías bailables, restaurantes con espectáculos y/o baile, salones de fiestas, café concert, y espectáculos públicos.- Que, por último, la misma fue sustituida por la Ordenanza 4104, sancionada en el año 2012, la que especifica un ámbito de aplicación más amplio, alcanzando a todos los establecimientos o locales en general de esparcimiento, y aclarando que ello es así tanto cuando se trate de lugares cerrados y/o a aire libre, con independencia de la institución o persona que lo organice.- Y establece como rubros específicos los de bar, restaurante, casas de comidas y comercios afines, restaurantes con espectáculos en vivo, pub, confiterías bailables, pool, billar, bowling, salones de fiestas y salones de fiestas infantiles, aún aquellos de instituciones o clubes.- Que, dicha ordenanza sufrió modificaciones parciales, a través de las Ordenanzas 4387. 4439 y 4939, que no han implicado cambios sustanciales.- Que, es así que la mencionada Ordenanza 4104 cuenta con más de una década de vigencia, y es manifiesto que nuestro entramado social ha experimentado cambios sociales, culturales y en las costumbres, y desde aquella época de sanción de la citada Ordenanza 4104 han transcurrido diversas generaciones con diferentes modos de conducirse en los espacios de diversión nocturna.- Que, la sociedad y las costumbres son mutables, y en ese sentido la norma positiva no puede permanecer estática ante los cambios de la sociedad, por cuanto la norma emanada del Estado es el precepto que tiene por fin regir la conducta de las personas dentro de una sociedad determinada para propender a un orden social justo de las relaciones, con lo cual necesariamente de debe de preterir ser contemporánea a los cambios sociales, y readecuarse a ellos y abarcar las nuevas problemáticas sociales para constituirse en verdaderas normas, que sí produzcan soluciones a los actuales.- Que, en tal sentido el Estado municipal no puede permanecer ajeno a las transformaciones, y sostener normas pétreas, sino que debe abarcar y atender a los distintos actores de la sociedad, con sus nuevas problemáticas y las nuevas formas de la costumbre o hábitos.- Que, es por ello que la Ordenanza 4104 debe ser sustituida por una nueva norma que, asentándose en los pilares de aquélla, pueda contemplar soluciones a las nuevas realidades, sobre todo en un ámbito complejo como es el de la diversión nocturna.- Que, es deber del Estado, el asegurar y cerciorar el efectivo goce de los derechos de los niños, niñas y adolescentes; y es deber de los padres, en el rol de protectores y cumplimiento de sus responsabilidades; el rol de la comunidad, y las redes sociales, asegurar el ejercicio de esos derechos.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 5290.- CAPITULO I: AMBITO DE APLICACIÓN ARTÍCULO 1º.- El presente cuerpo normativo será de aplicación a los establecimientos o locales de esparcimiento, ya sea que se trate de lugares cerrados y/o al aire libre y sin perjuicio de los fines que de la institución haya tendido en miras al organizarlo. Ellos se unificarán, agruparán y clasificarán conforme las categorías que a continuación se detallan: Categoría I: Bar, Cervecería, Pub, Pool, Billar y Bowling. Categoría II: Gastronómicos: abarcando restaurantes, cafés, casas de comidas y comercios afines. Con la distinción entre: a) Restaurante con espectáculos en vivo/públicos. b) Restaurante sin espectáculos en vivo/públicos. Categoría III: Confiterías bailables. Categoría IV: Salones de fiestas y/o eventos; salones de fiestas infantiles. Salones de fiestas de instituciones o clubes." A tal efecto entiéndase por: a).- Bar- Pub: Establecimiento comercial en el que se sirvan bebidas alcohólicas, como así también aperitivos y servicio de minutas para ser consumidas en el mismo establecimiento y en los que se difunda música funcional, y ofrezca de manera eventual espectáculos musicales, y/o artísticos, y/o ferias de la magnitud que detente el local. b).- Cervecería: Establecimiento comercial en el que se elabore y/o produzca cerveza artesanal, y que asimismo pueda contar con un local y/o espacio donde se sirvan bebidas con o sin alcohol y se ofrezca servicio de minutas para ser consumidas en el mismo establecimiento, y en los que se difunda música funcional, y ofrezca de manera eventual espectáculos musicales, y/o artísticos, y/o ferias de la magnitud que detente el local. c).- Restaurante: Son aquellos establecimientos comerciales con servicio de mesa, donde se expendan comidas y bebidas, con o sin alcohol y se difunda música funcional. Excepcionalmente y dependiendo de la zona de emplazamiento podrán ofrecer en los mismos espectáculos públicos en vivo y/o artísticos.- d).- Restaurantes con espectáculos en vivo/públicos Aquellos establecimientos donde como actividad principal se expenden comidas y bebidas para su consumo en el lugar y donde como complemento de la actividad principal se desarrollen en los mismos espectáculos públicos en vivo y/o artísticos, siempre y cuando la zona donde se emplaza tenga la actividad como uso permitido.- e).- Restaurantes sin espectáculos en vivo/públicos: Aquellos establecimientos donde como actividad principal se expenden comidas y bebidas para su consumo en el lugar y donde no se permite como complemento de la actividad principal que se desarrollen en los mismos espectáculos públicos en vivo y/o artísticos, teniendo en consideración que la zona donde se emplaza tenga la actividad como uso no permitido, prohibiéndose además la actividad de baile en el lugar.- f).- Confitería bailable: Aquellos establecimientos comerciales donde se difunde música por medio de reproducción fonográfica o en vivo y cuente con pista de baile, pudiendo también disponer de bar anexo. Dichos establecimientos deberán tener una superficie mínima de 300 metros cuadrados libres.- g).- Pool, Billar, Bowling: Aquellos establecimientos que prestan servicios de juegos de pool, billar o bowling y que complementariamente prestan un servicio de comidas rápidas y bebidas alcohólicas y no alcohólicas. No podrán como uso complementario habilitar reuniones danzantes, musicales y similares, prohibiéndose en el lugar la actividad de baile. Será requisito esencial que deban contar con una superficie mínima de 150 metros cuadrados libres a excepción de las tanguerías.- h).- Salones de fiestas: Son aquellos locales expresamente destinados a ser alquilados por personas o instituciones que deseen efectuar en ellos reuniones de carácter social, como también celebraciones de índole particular y/o pública, donde puedan desarrollarse espectáculos artísticos o musicales en vivo o grabaciones, con o sin servicio de comida y bebida, contando o no con pista de baile y difusión musical. No permitiéndose realizar eventos únicamente de tipo bailables.- h1.).- Salones de fiestas infantiles: Son aquellos locales destinados al desarrollo de celebraciones infantiles, con asistencia de personal calificado para el cuidado de los niños, que pueden contar con pelotero u otros juegos para el entretenimiento de los mismos.- h2.).- Salones de instituciones y clubes: son aquellos espacios de instituciones y/o clubes, donde puedan desarrollarse espectáculos artísticos o musicales en vivo o grabaciones, con o sin servicio de expendio de comida y bebida, de forma excepcional y con expresa y previa autorización del Departamento Ejecutivo Municipal.- i).- Espectáculos públicos: Se considerará espectáculos públicos, a toda reunión, función, representación o acto social, deportivo o de cualquier género que tenga como objetivo el entretenimiento y que se efectúe en locales habilitados donde el público tenga acceso, como así también en lugares abiertos públicos o privados, se cobre o no entrada.- j).- Tanguerías: Se considerará tanguerías a aquellos establecimientos ubicados en la ciudad de Zárate cuya actividad principal y preponderante se vincule con la producción, el consumo y la difusión de los géneros musicales tango, milonga y vals a través de la asistencia de espectadores y la participación de los mismos mediante el baile, la actuación de números en vivo, como así también de su enseñanza, según consta en el Anexo I.- ARTICULO 2º.- EXIGENCIAS DE FUNCIONAMIENTO a).- Se prohíbe en todo el territorio del Partido de Zárate, el funcionamiento de locales de diversión tipificados como cabarets o nights club, y locales cuya actividad incluya personal femenino o masculino que actuando como acompañantes, bailen o alternen con los concurrentes, contratadas/os o no a tal efecto.- b).- Ninguna de las categorías detalladas en el artículo 1º de la presente ordenanza, podrá funcionar en locales construidos en sótanos, semisótanos, locales con acceso indirecto o en inmuebles destinados a viviendas unifamiliares o multifamiliares.- c).- No se autorizará la instalación de nuevos locales de la Categorías I, III y IV emplazados a menos de 150 metros de hospitales, salas velatorias, escuelas, centros sanitarios con internación y cualquier otro establecimiento públicos que a criterio del Departamento Ejecutivo pueda fundarse la imposibilidad de radicarse en razón del resguardo de la tranquilidad pública de lugar que se pretende proteger. La distancia mencionada se tomará desde las puertas más próximas de los comercios e instalaciones referidas. Los establecimientos enunciados en el presente inciso podrán funcionar ubicados a menos de 150 mts de las escuelas siempre estando limitadas su actividad a iniciar la misma con 3 horas posteriores al horario de cierre del establecimiento educativo y debiendo concluir su actividad a no menos de 3 horas del horario de inicio de la actividad escolar. Durante los recesos de vacaciones de invierno y verano aplicados al ciclo lectivo no regirá la limitación referida".- d).- Entrepisos: Los establecimientos que cuenten con entrepisos en sus instalaciones deberán contar con barandas de protección con una altura no menor a 1,20 mts. de altura, asimismo deberán presentar anualmente un informe técnico edilicio de cálculo de resistencia estructural realizado por un profesional matriculado y avalado por el colegio respectivo. La comunicación del local con el entrepiso se efectuará exclusivamente por escalera, la que deberá contar con las medidas máximas de seguridad, es decir barandas, señales foto luminiscentes en los escalones, revestimientos antideslizantes. Los nuevos establecimientos, a partir de la presente, que posean entrepisos deberán contar con sanitarios en dicho lugar.- e).- De la iluminación: La iluminación de los ambientes en la jornada de trabajos diurnos deberá ser natural y en las jornadas nocturnas o cuando sea necesario el uso de luz artificial la misma no podrá ser inferior a los 200 watts por cada 20 m2 de superficie por sala o sección de la misma, distribuida en artefactos luminosos de vidrio transparente u opalizado blanco no inferiores a los 40 watts por artefacto de bajo consumo, ni podrán ubicarse estos a una altura superior a los 4 (cuatro) metros del suelo.- f).- Luces de seguridad: Estos establecimientos contarán con un sistema de luces de seguridad destinado a demarcar la ubicación de las bocas de salida, peldaños de escaleras y desniveles con escalones. Serán independientes de la red eléctrica general, de manera que las luces sirvan de guía en caso de extinción del alumbrado. Además deberán contar con un sistema de iluminación de emergencia autogenerado o a batería conforme a las necesidades funcionales del edificio y, fundamentalmente, a lo requerido en caso de ser necesario una pronta evacuación. El sistema de luces de emergencia deberá garantizar una hora de autonomía.- g).- Los cielorrasos de todos los ambientes que comprenden el edificio deberán estar aprobados por el Código de Edificación de la Municipalidad, siendo de material incombustible, debiendo mantenerse permanentemente en perfectas condiciones de conservación e higiene.- h).- Los pisos podrán ser de cualquier material aprobado por el Código de Edificación Municipal, debiendo mantenerse permanentemente en perfectas condiciones de conservación e higiene.- i).- Accesos y salidas: Contar con espacios de salidas propios y directos a la vía pública, con puertas anti pánico y con barras de salida de emergencia expulsables, debidamente señalizados según legislación vigente, y rampas en los accesos y egresos según lo establecido en el Código de Edificación vigente. Deberá tener como mínimo una salida de emergencia cuyo tamaño será en función de la cantidad de personas que puedan ingresar al establecimiento de acuerdo al factor de ocupación y las leyes y ordenanzas vigentes en la materia. A tal efecto deberán cumplir con la presentación de Informe Antisiniestral y su correspondiente final de obra emitido por el Departamento de Bomberos según Decreto 12/05 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires. Los medios de salida para casos de emergencia serán los que establece el Código de Edificación vigente. Los accesos y salidas deberán estar perfectamente iluminados y sin obstrucciones.- j).- No se concederán habilitaciones para las actividades especificadas en la presente ordenanza cuando se diera alguno de los siguientes supuestos: 1) Las instalaciones no sean adecuadas a las exigencias municipales vigentes.- 2) Se estime a criterio del Departamento Ejecutivo, que la actividad a desarrollar causará molestias o intranquilidad al vecindario, lo que deberá ser comunicado mediante acto administrativo debidamente fundado. Para ello podrá considerarse que la actividad genera molestias o intranquilidad, cuando exista oposición formal de la mayoría simple de los vecinos, que habitan en la manzana donde se ubica el establecimiento y sus manzanas contiguas.- 3) Se encuentren ubicados en zonas expresamente prohibidas en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente.- k) REGISTRO DE OPOSICION: Se considerará Registro de Oposición, a la manifestación de voluntad de los vecinos ante cada nueva habilitación que requiera de su consulta. Se deberá instrumentar a través de un Registro Público de Oposición cuya reglamentación elaborará el Departamento Ejecutivo teniendo en cuenta las siguientes pautas: 1.- Será gestionado exclusivamente por la autoridad municipal competente.- 2.- Se considerará un voto por parcela o por inmueble sometido al régimen de propiedad horizontal, bastando la simple acreditación de residencia.- 3.- El período abierto a consulta de oposición de los vecinos no será menor a diez días hábiles.- 4.- Se deberá garantizar comunicación efectiva y constancia de notificación por parte de la autoridad municipal al vecino, de los alcances y condiciones del Registro Público de Oposición.- 5.- También se podrá difundir dicho Registro a través de medios gráficos de la ciudad del sitio web oficial de la Municipalidad.- Cualquiera sea la superficie del local que se pretende habilitar, en todos los casos se considerará que los metros lineales para el ejercicio de la oposición serán contados desde los deslindes parcelarios en todo su perímetro de eje divisorio a eje divisorio más cercano.- Hasta tanto se dicte la nueva reglamentación que regule el Registro Público de Oposición, se mantendrá vigente la reglamentación dispuesta por Decreto 769/2014 emitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.- CAPÍTULO II: HABILITACIÓN ARTÍCULO 3º.- Los establecimientos comprendidos en las categorías I, III y IV de la presente deberán acompañar conjuntamente con el pedido de habilitación municipal la siguiente documentación en la Oficina de Zonificación y/o la que en un futuro la reemplace: a) Acreditar Nombre y Apellido con copia de DNI del titular o responsable, gerente, apoderado, representante y/o encargado de la persona jurídica. b) PERSONERÍA: Si se tratare de una sociedad, deberá acompañar copia autenticada del contrato social debidamente inscripto, y copia autenticada de la nómina de autoridades con los datos personales completos. Las asociaciones que fueren sujeto de derecho de acuerdo con lo estipulado en el Código Civil, deberán acreditar la constitución y designación de autoridades con copia certificada de la escritura pública o instrumento privado autenticado. Cuando se tratare de sociedades irregulares o de hecho, deberán presentar la documentación firmada por todos los socios en forma individual, debidamente certificada por Notario Público o autoridad competente, designando la persona autorizada para la correspondiente tramitación ante el Municipio. Todo cambio que se opere en la constitución de las personas o sujetos de derecho precedentemente señalados, deberá ser notificado al Municipio.- En caso de constatarse dicha circunstancia, y no habiéndose notificado de la misma al Municipio se aplicará una sanción de mil módulos.- c) Denunciar el nombre comercial o de fantasía del local o del establecimiento, ubicación del mismo consignando: localidad, partido, calle, número, y demás datos que permitan su individualización.- d) Acreditar los domicilios reales y legales de las personas humanas y jurídicas, como así también constituir y denunciar un domicilio electrónico (e-mail).- e) Inscripción en el régimen previsional (autónomos, monotributo -régimen empleador si correspondiera).- f) Inscripción en el Impuesto sobre los ingresos brutos.- g) Constancia de seguro de responsabilidad civil contra todo riesgo, y responsabilidad civil comprensiva y/o respecto de terceros con su respectiva póliza y comprobante de pago. El certificado de cobertura podrá renovarse semestral o anualmente, y deberá ser presentado al momento de iniciar el trámite de habilitación - sin excepción.- h) Plano del local firmado por un profesional matriculado y aprobado por la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad Téngase en consideración que no se admitirán croquis técnicos suscriptos por profesional en la materia.- i) Plano electromecánico firmado por un profesional con incumbencia, sellado por el colegio respectivo.- j) Copia certificada del título de propiedad del local o contrato de locación, indicándose en él el rubro o destino que se dará al local, el cual deberá corresponder con la estructura edilicia del establecimiento que se pretenda habilitar, así como con la actual disposición del mismo.- k) Final de obra y Certificado de seguridad antisiniestral expedido por la Dirección de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires o dependencia jurisdiccional de la misma, de conformidad con lo normado en la Resolución Nº 2.740/03 del Ministerio de Seguridad Bonaerense.- l) Constancia de capacidad autorizada, según factor ocupacional otorgado por la Dirección de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires o dependencia jurisdiccional de la misma.- m) Cartel indicador de Capacidad. El mismo deberá colocarse en la vía de acceso principal, resultando fácilmente visible desde el exterior, especificando la capacidad total del lugar conforme al factor ocupacional autorizado.- n) Informe técnico de aislación acústica que garantice el cumplimiento de los parámetros exigidos en la ordenanza Nº 2576, expedido por profesional matriculado, y sello del Colegio respectivo y/o Consejo Profesional.- ñ) Estudio de Carga de fuego con Plan de Evacuación suscripto por profesional con incumbencia y sello del Colegio respectivo.- o) Cartelería con teléfonos útiles Centro de Operaciones Zárate (COZ): 3487- 442288 o 3487- 689857 o quien en el futuro lo reemplace, Policía de la PBA: 3487- 422222 o 101 / Comisaría de Lima 3487 480111 / Bomberos: 3487 - 677399 o 100 / Prefectura Naval Argentina: 3487- 422733 - 103 / Servicio de Emergencias Municipal (SEMU): 3487-442288 / Guardia de violencia de Género 3487 537943.- p) Botiquín de primeros auxilios. Es obligación contar con botiquín de primeros auxilios que contenga elementos acordes al asesoramiento del servicio médico o el asesor de seguridad e higiene, garantizando su fácil acceso.- q) Constancia de contratación de servicio de urgencias médicas para los asistentes.- r) Certificado de desinfección de tanques de agua renovable anualmente ó disponer de puestos de hidratación: son aquellas estaciones estratégicas donde se proporciona agua a toda persona durante el tiempo que dure el evento masivo a fin de prevenir la deshidratación.- s) Libreta sanitarias únicamente del personal que se desempeñe en los locales alcanzados por la presente ordenanza que manipulen alimentos, conjuntamente con un certificado de manipulación de alimentos.- t) Los titulares de los comercios deberán presentar anualmente la Declaración Jurada de Habilitaciones, Final de las Obras otorgado por el Cuerpo de Bomberos, dependiente de la Dirección de Bomberos de la Provincia de Buenos Aires.- u) Inscripción en el registro provincial para la comercialización de bebidas alcohólicas (REBA) según ley 13.178.- v) Aquellos locales amparados en el art. 1 de la Ley 14.050, deberán presentar la correspondiente inscripción en el registro de actividades nocturnas (RAN) dependiente de la Dirección Provincial de Registro y Control para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.- w) Los locales comprendidos en las categorías I y III deberán contar con prestadores de servicios de seguridad privada debidamente habilitados por la Autoridad de Aplicación a esos efectos, con el objeto de resguardar la seguridad pública. El 50% del plantel de personal de seguridad deberá ser personal femenino. El local deberá tener a disposición de las autoridades que lo soliciten, el listado del personal afectado a las tareas de custodia, con mención precisa de turnos y días de trabajo. Cálculo del personal de seguridad: w.1. Eventos de bajo riesgo (ej. conferencias, ferias comerciales): 1 persona de seguridad por cada 100 asistentes. w.2. Eventos de alto riesgo (ej. conciertos, eventos deportivos): 1 persona de seguridad por cada 50 asistentes. w.3. Eventos con aforo reducido (ej. 250 a 500 personas): Se puede requerir un mínimo de 1 persona de seguridad.. w.4. Eventos con aforo medio (ej. 501 a 1000 personas): Se pueden requerir 2 personas de seguridad. w.5. Eventos con aforo grande (ej. 1001 en adelante): Se puede requerir 1 persona de seguridad adicional por cada 500 personas adicionales.- x) Declaración Jurada en la que se individualice a la/s persona/s que estén a cargo del comercio para ser identificado por la Municipalidad y/o clientes y/o vecinos, el que deberá estar presente mientras se desarrolle la actividad. No se permitirá el funcionamiento ante la ausencia de la persona a cargo del comercio. Esta situación será motivo de la clausura inmediata del establecimiento.- ARTÍCULO 4º.- REQUISITOS ESPECIALES EXIGIDOS PARA LAS CATEGORIAS III y IV: Se establecen los siguientes requisitos especiales, según la categoría de establecimientos: a).- Las Categorías I, III y IV.- deberán contar con Cámaras de Seguridad: Se deberán instalar cámaras de seguridad conforme a lo estipulado en el Decreto 2589/09 reglamentación de la Ley Provincial N° 14.050; asimismo deberán instalarse cámaras de seguridad en la zona de ingreso, egreso y entorno, a los fines de extremar las medidas de prevención y seguridad para el público asistente. Se entiende como entorno a los metros de frente correspondientes al establecimiento. Las mismas deberán activarse y encontrarse en funcionamiento desde una hora antes de la apertura al público y hasta una hora luego del cierre del establecimiento. Las grabaciones deberán ser guardadas un mínimo por 20 (veinte) días corridos y sólo podrán ser presentadas a requerimiento de la Justicia ante la existencia de una infracción al Código de Falta Municipal, delito o a requerimiento del personal municipal. La falta de información - por cualquier motivo que fuere - será considerada falta grave. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá disponer de los medios correspondientes, de manera tal que las citadas cámaras instaladas sean monitoreadas desde el Centro de Operaciones de Zárate (COZ) aumentando el número de personal abocado a la tarea, los fines de semana y las vísperas de feriados.- b).- Dispositivos de Control de Concurrentes. Se deberá colocar un dispositivo automático a fin de contabilizar el ingreso y egreso de los concurrentes; el mismo deberá contar con un display digital, que sea de fácil lectura, a efectos de su verificación. Los sistemas deberán estar homologados por la autoridad de aplicación. En los casos de ingreso con sistema de entradas, deberá preverse que las mismas se encuentren numeradas correlativamente conforme a la capacidad autorizada, independientemente que sean estas otorgadas en forma gratuita o bajo abono de un importe.- c).- Control de Acceso. El titular y/o responsable y/o, organizador y/o explotador y/o representante del establecimiento, requerirá documento de identidad a los fines de acreditar la mayoría de edad de los asistentes en cumplimiento de las normas de protección de minoridad y Ley Nº 14.050.- d).- Personal de Control de Admisión y Permanencia. De acuerdo a la capacidad de concurrencia del local, se implementará la presencia de personal del local en el sector de ingreso y vía pública exterior (vereda) donde funcionare el ingreso de las personas, contando con facultades para requerir el auxilio de autoridades policiales. Los alcances de esta figura, con los contemplados por la ley 26.370 y decreto 1824/09 y la ley provincial 13964 decreto 1096/09.- e).- Prohíbase en todas las categorías, y rubros, la realización de competencias, sorteo, y toda atracción donde se estimule el consumo de bebidas alcohólicas.- f).- En las Categorías IV se deberá incluir campañas de difusión sobre las consecuencias del consumo de drogas, y el excesivo consumo de alcohol. Esta campaña estará coordinada por el Departamento Ejecutivo Municipal.- h).- MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y SEGURIDAD: Sin perjuicio de las condiciones generales y particulares para su funcionamiento, los establecimientos o locales regulados por la presente, deberán cumplir con los siguientes requisitos y medidas de prevención y seguridad: 1.- Deberán realizar simulacros de evacuación de los locales, como mínimo una (1)- vez al año, acreditando en el expediente el dia, horario y personal que participó del mismo. 2.- Deberán al menos una vez por jornada, sea al inicio o durante el transcurso del espectáculo indicar donde se encuentran las salidas de emergencia, la ubicación de los matafuegos y brindar consejos prácticos para una ordenada evacuación del local en caso de siniestro.- 3.- Deberán colocar en el acceso y en lugar bien visible, un plano del local que especifique claramente las salidas de emergencia.- 4.- El personal de seguridad y control de acceso deberá realizar un curso de primeros auxilios y de extinción de incendios, dictado por agentes capacitadores en la materia, quienes deberán entregar un certificado y/o constancia de dicha capacitación, el que deberá ser acreditado por el titular y/o apoderado y/o representante legal en el expediente administrativo. Es decir que, tanto la constancia de realización del simulacro como la capacitación al personal de seguridad deberán estar debidamente acreditada en el Expediente administrativo de habilitación.- ARTICULO 5º: Los locales comerciales establecidos en la Categoría II de la presente, deberán cumplimentar con los requisitos determinados en los incisos: a) b) c) d) e) f) g) h) o) p) r) s) y u) del artículo 3°.- a) A diferencia del resto de las categorías, no se les exigirá el Final de Obra y Certificado Antisiniestral emitido por la Delegación de Bomberos competente, sino que bastará con un informe técnico completo de las instalaciones, suscrito por un profesional habilitado en la materia, que incluya: 1) lay-out de instalación eléctrica, 2) certificación de puesta a tierra con jabalina, 3) especificaciones de caja/tablero con disyuntor y llave térmica. 4) estudio de carga de fuego, matafuegos de 5 kg tipo abc (1 cada 200 m2) con tarjeta dps, carga vigente, 5) tablero baliza colocado a 1,20 a 1,50 m de altura, 6) luces de emergencia, salidas de emergencia con barra anti pánico y cartelería correspondiente, 7) plan de evacuación y rol de emergencia, plano de evacuación, 8) análisis de riesgos y medición de iluminación. Además el profesional deberá determinar el factor ocupacional teniendo en cuenta la cantidad de mesas y los metros cuadrados del establecimiento, para lo que deberá utilizar como referencia la RESOLUCIÓN 2740/03 del Ministerio de Seguridad.- b) Si poseen cámaras de frío, deberán presentar la certificación e informes de seguridad e higiene de las mismas.- c) Certificado de fumigación y control de plagas.- d) De utilizar Gas Natural: deberán presentar un certificado de gasista matriculado donde conste que la instalación de gas se encuentra en condiciones de uso. Ergo, en caso de no contar o no hacer uso del mismo, bastará con la presentación de una Declaración Jurada firmada por el titular del establecimiento comercial/gastronómico.- e) Colocar cartelería de capacidad autorizada.- f) Si pretenden realizar show y/o espectáculos en vivo, deberán presentar un Informe técnico de aislación acústica que garantice el cumplimiento de los parámetros exigidos en la ordenanza Nº 2576, expedido por profesional matriculado, y sello del Colegio respectivo y/o Consejo Profesional.- CAPÍTULO III: REGISTRO DE ACTIVIDADES NOCTURNAS ARTÍCULO 6º.- Los establecimientos comprendidos en el Art. 1° de la Ley N°14.050, a saber: locales bailables, confiterías bailables, discotecas, discos, salas y salones de baile, clubes y demás locales donde se realicen actividades bailables y/o similares, previo al inicio de sus actividades comerciales deberán inscribirse en el Registro de Actividades Nocturnas (RAN), creado por Decreto Provincial Nº 2591/2009, idéntica obligación corresponde a aquellos que ya se encuentren en funcionamiento, los que deberán hacerlo en un plazo improrrogable de noventa (90) días corridos contados a partir de la promulgación de la presente.- Hasta tanto se dicte la nueva reglamentación que regule el Registro de Actividades Nocturnas, se mantendrá vigente la reglamentación dispuesta por Decreto 769/2014 emitido por el Departamento Ejecutivo Municipal.- ARTÍCULO 7º.- El comercio deberá exhibir en lugar visible la constancia de inscripción del RAN. En caso de no contar el comercio con tal inscripción o de encontrarse vencida la misma, la autoridad de aplicación procederá a la clausura del local hasta tanto se cumplimente el trámite correspondiente.- ARTÍCULO 8º.- Establécese que los propietarios y/o gerentes y/o comisión directiva y/o responsable de los locales y/o apoderados, una vez obtenida la registración correspondiente, deberán comunicar fehacientemente por vía administrativa a la municipalidad el cese de actividades, siendo los únicos responsables en caso de incumplimiento ante terceras personas, eximiendo de todo tipo de responsabilidad a la Municipalidad de Zárate.- ARTÍCULO 9º.- Los establecimientos comprendidos en el presente registro deberán exhibir frente a la boletería o acceso en lugar visible un cartel con la siguiente leyenda, en tipo de letra de 2 cm. por 2 cm. como mínimo. "Toda infracción cometida por el personal de este local contra las Personas o los bienes de los concurrentes, puede ser denunciada Gratuitamente ante la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Zárate, sita en la calle Rivadavia 751, de Zárate. La identidad del denunciante será mantenida en reserva.- CAPÍTULO IV: DE LAS CONDICIONES DE ENTORNO ARTÍCULO 10º.- Los titulares de los establecimientos o locales comprendidos en todas las categorías, deberán disponer los recaudos pertinentes para el mantenimiento del orden, tranquilidad y seguridad del entorno, en cuanto este último pudiere verse alterado directa o indirectamente por la actividad del establecimiento, toda vez que la convocatoria de público, su permanencia por periodos prolongados en la vía pública y la afluencia de vehículos, produjeran molestias o disturbios en forma ostensible. Deberán, asimismo, dar aviso a la policía local de toda acción que perturbe el orden público, como así también aquellas que provoquen peligro entre las personas presentes.- ARTÍCULO 11º.- ENTORNO: El responsable o encargado del comercio debe evitar especialmente que se provoquen desórdenes, escándalos o actos reñidos con la moral y las buenas costumbres, tanto dentro como fuera del local; actos de vandalismo y/o violencia con clientes del comercio, en una distancia de 100 metros de la entrada/salida del comercio, lo cual será responsabilidad del propietario del local. La realización de acciones de violencia y vandalismo, tanto dentro como fuera del local, será pasible de multas que podrán llegar a la clausura ante la reincidencia de las mismas.- ARTÍCULO 12º.-Los titulares de los establecimientos o locales comprendidos en las categorías III y IV aún más cuando en ellos se lleven a cabo espectáculos públicos o shows en vivo deberán contratar indefectiblemente con el servicio de policía adicional (POLAD) y/o servicio de agencia de seguridad pública conforme Ley 13.942 reglamentada por el Decreto 542/22, durante el desarrollo de la actividad hasta la total desconcentración del público asistente. Dicha constancia de contratación del servicio deberá ser acreditada en el expediente administrativo de habilitación comercial.- CAPÍTULO V: DE LAS CONDICIONES ACÚSTICAS ARTÍCULO 13º.- Los establecimientos alcanzados por las categorías I, II, III y IV deberán cumplir con las condiciones necesarias en cuanto a instalaciones de aislamiento acústica, para garantizar que los sonidos y vibraciones generadas en el interior del local, no trasciendan al vecindario con niveles superiores a los establecidos en la Ordenanza Municipal de ruidos Molestos al Vecindario Nº 2576 o la norma que esté vigente en reemplazo de la citada.- ARTÍCULO 14º.- Los locales previstos en las Categorías I, II, III y IV deberán cumplir con los siguientes requisitos de condiciones acústicas: a) La colocación de elementos de emisión de sonido (parlantes, bafles, televisores, etc,), se hará únicamente dentro de locales cerrados y cubiertos.- b) En el interior de los Locales previstos en la categoría I y II Ia difusión de música deberá ser la de tipo ambiental, tanto dentro del establecimiento como en los patios y/o sectores descubiertos, considerándose como tal aquel nivel sonoro que no produzca interferencia en la comunicación verbal normal de los asistentes.- c) Todos los locales de las categorías I, II, III y IV, más aún cuando realicen espectáculos públicos o shows en vivo deberán contar con limitador de sonido el cual será calibrado según lo establecido en la Ley 19.587 de Seguridad e Higiene laboral por profesional con incumbencia y matricula vigente, y con la presentación de informe de condiciones acústicas del local avalados por el profesional actuante con incumbencia y matricula vigente.- Las mediciones de ruidos y vibraciones se realizaran conforme a lo establecido en las Normas IRAM 4062 para ruidos molestos al vecindario e IRAM 4078 para vibraciones en sus versiones actualizadas.- ARTÍCULO 15º.- Se deberá presentar un informe técnico de aislación acústica avalado por profesionales en la materia, donde se acredite la realización de obras tales como la aislación acústica de techos, paredes, aberturas y demás que resulten necesarias a fin de evitar la fuga o propagación de ruidos y/o vibraciones al exterior.- ARTÍCULO 16º.- Los equipos de audio deberán ecualizarse y deberán disponer de sistemas previamente calibrados, con censores ubicados adecuadamente en el interior del local que adecuen el sonido cuando este supere el nivel máximo establecido en la presente.- CAPÍTULO VI: LÍMITE HORARIO ARTÍCULO 17º.- Los establecimientos comprendidos en la categoría III solo podrán abrir sus puertas los días viernes, sábados y vísperas de feriados y aquellos días que por circunstancias especiales autorice expresamente la Municipalidad. Estará permitida la admisión hasta las tres y treinta horas (03:30 am), momento en el cual el responsable deberá cerrar las puertas del establecimiento y finalizarán sus actividades con evacuación del público presente como horario límite máximo a la hora seis y treinta (6:30 am), asumiendo la exclusiva responsabilidad el responsable y/o titular del establecimiento, todo lo que suceda dentro, y fuera del mismo, si el local continúa en actividad luego del horario de finalización fijado por esta norma.- Que asimismo cesará la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas a las cuatro y treinta horas (04:30am). Los espectáculos en vivo comprendidos en las categorías I y II podrán desarrollarse los días viernes, sábados y vísperas de feriados hasta la una y treinta horas (01:30am), y en la categoría III podrán desarrollarse hasta las cinco treinta horas (05:30am) y los comprendidos en la categoría IV podrán desarrollarse hasta las tres y treinta horas (03:30 am).- ARTÍCULO 18º.- Matinée para menores de edad, de 14 a 17 años de edad exclusivamente, quedando prohibido el ingreso de mayores (salvo padres y/o tutores). Los menores de entre catorce a diecisiete años sólo podrán permanecer en los establecimientos y locales comprendidos en la Categoría IV hasta las cero horas como horario máximo (00:00am). La apertura de puertas para el inicio de actividades se realizará a partir de las diecisiete y treinta horas (17:30pm), al solo efecto que los padres o tutores o responsables legales de los menores tengan la posibilidad de realizar la revisión de las instalaciones. A partir de las dieciocho horas (18:00pm) se dará inicio a la actividad bailable. En tales establecimientos no se realizará exhibición, venta, expendio, y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas. No se admitirá la concurrencia simultánea en los locales e instalaciones bailables de menores de catorce a diecisiete años con mayores de dieciocho años de edad.- ARTÍCULO 19º.- Los establecimientos comprendidos en la Categoría I podrán funcionar de lunes a jueves, domingos y feriados hasta las dos y treinta horas (02:30 am) y los días viernes, sábados y vísperas de feriado y aquellos días que por circunstancias especiales autorice expresamente la Municipalidad hasta las cinco y treinta horas (05:30 am).- ARTÍCULO 20º.- Los establecimientos comprendidos en la Categoría II finalizarán sus actividades como horario límite máximo a las dos y treinta horas (02:30 am) y no podrán reabrir sus puertas hasta la hora siete treinta (07:30 am), los mismos cesarán la venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas a las dos horas (02:00 am). El horario de cierre de actividades podrá modificarse, por excepción, por parte del Departamento Ejecutivo, y sólo por razones estacionales en época estival hasta la hora tres y treinta (03:30 am). Los mismos cesarán la venta, expendio y/o suministro a cualquier título de bebidas alcohólicas a las tres horas (03:00 am). Los espectáculos en vivo sólo podrán desarrollarse los días Viernes, sábados y vísperas de feriados hasta la una y treinta horas (01:30 am).- ARTÍCULO 21º.- Los establecimientos comprendidos en la categoría IV: a) Que funcionan como salones de fiestas y/o eventos en horario nocturno, solo podrán abrir sus puertas los días viernes, sábados y vísperas de feriados y aquellos días que por circunstancias especiales autorice expresamente la Municipalidad. El horario de finalización de sus actividades con evacuación del público presente tendrá como horario límite máximo a la hora seis y treinta (6:30 am), asumiendo la exclusiva responsabilidad el responsable y/o titular del establecimiento, todo lo que suceda dentro, y fuera del mismo, si el local continúa en actividad luego del horario de finalización fijado por esta norma. Que asimismo cesará la venta, expendio y suministro de bebidas alcohólicas a las cuatro y treinta horas (04:30 am). Los espectáculos públicos que se llevarán a cabo en horario nocturno, deberán respetar los días asignados para tal categoría, es decir los días Viernes, sábados y vísperas de feriados hasta las una y treinta horas (03:30 am), siempre y cuando reúnan las condiciones de aislamiento acústico exigidas por la norma. b) Aquellos salones de fiestas y/o eventos infantiles que funcionan en horario diurno, por el contrario podrán abrir sus puertas todos los días de la semana, teniendo como horario de finalización de sus actividades con evacuación de público las 22:00 hs.-CAPÍTULO VII: DE LOS SERVICIOS SANITARIOS. ARTÍCULO 22º.- Los servicios sanitarios deberán ser adecuados e independientes para cada sexo, los cuales se deberán mantener en perfecto estado de limpieza, debiendo tener acceso directo del público. Estos servicios deberán contar con inodoro o mingitorio, lavabo y extractor de aire con descarga al exterior, de acuerdo con las normas del Código de Edificación del Partido de Zárate, en función del factor de ocupación del local, con respecto a la proporción entre masculinos y femeninos, con debida indicación del uso para cada sexo, y rampas para discapacitados.- ARTÍCULO 23º.- Del agua potable. Deberán instalarse dispenser o bebederos de agua potable en cantidad suficiente para las personas que asistan. Deberá proveerse con temperatura adecuada y su calidad deberá ser respaldada mediante análisis certificado de laboratorio aprobado cada tres meses según lo normado por Ley N° 14.050.- ARTÍCULO 24º.- Todo local o establecimiento deberá hacer controles de plagas periódicos conforme a lo dispuesto por la dependencia técnica competente del municipio.- ARTÍCULO 25º.-Todos los locales o establecimientos deberán dar cumplimiento a las normas locales, provinciales y nacionales en materia ambiental.- CAPÍTULO VIII: DERECHO DE ADMISIÓN ARTÍCULO 26º.- El ejercicio del derecho de admisión se rige por las precisiones de la Ley Nacional Nº 26.370, por el art. 16 de la Constitución Nacional y por el art. 11 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires. En tal sentido, no puede conllevar en ningún caso discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión, discapacidad, económica, orientación sexual, identidad, de género, o cualquier otra condición o circunstancia personal o social de los usuarios de los establecimientos y los espacios abiertos al público, tanto en lo relativo a las condiciones de acceso como a la permanencia en los establecimientos y al uso y goce de los servicios que se prestan en ellos. Los criterios de admisión y permanencia consagrados en el presente artículo deberán darse a conocer mediante carteles visibles al público instalados en el sector de acceso al establecimiento.- ARTÍCULO 27º.- CONTROL DE MENORES: Los inspectores municipales estarán facultados a solicitar documento de identidad para acreditar la edad de cualquier concurrente y/o personal del local tanto en la puerta de acceso o en el interior, en presencia del titular, responsable, encargado, boletero y/o personal de seguridad del lugar. En caso de ser necesario podrá requerir el auxilio de la fuerza pública (personal policial). Los inspectores municipales están facultados a exigir al responsable y/o encargado y/o titular del establecimiento que exijan a los concurrentes la exhibición del documento nacional de identidad a los fines de acreditar la identidad del concurrente tanto en el ingreso como en el interior del mismo.- CAPÍTULO IX: AUTORIDADES DE APLICACIÓN Y DE LA COMPETENCIA ARTÍCULO 28º.- Las autoridades de comprobación de las infracciones, faltas y/o contravenciones serán ejercidas por el Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de ejercer el debido contralor del cumplimiento y aplicación de la presente ordenanza.- ARTÍCULO 29º.- Dispónese que todo aquel establecimiento habilitado, será sometido a una inspección integral y planificada, en horario diurno, además de una inspección dentro del efectivo horario de funcionamiento de su actividad. Dicha actividad será llevada a cabo periódicamente por el Departamento Ejecutivo Municipal.- ARTÍCULO 30º.- Comprobada la/s falta/s establecida/s en esta ordenanza, la autoridad de Aplicación Municipal interviniente procederá a labrar Acta de Infracción o de Clausura, según correspondiere, elevando las actuaciones al Juez de faltas de Turno.- CAPÍTULO X: DE LAS SANCIONES ARTÍCULO 31º.- Los establecimientos, locales o comercios que violaren las disposiciones de esta Ordenanza serán sancionadas de acuerdo al Régimen de Sanciones previsto en el art. 30 de la presente.- ARTÍCULO 32º.- El régimen de las sanciones por las violaciones a las prohibiciones y/o incumplimientos sobrevinientes de las obligaciones establecidas en esta Ordenanza son las siguientes: a) Con la primera infracción la multa será de trescientos módulos a cinco mil módulos, y la clausura del establecimiento durante 10 días hábiles para su funcionamiento conforme art. 8, 9, 10 y 11 de la presente.- b) Con la segunda infracción (primera reincidencia), la multa será de mil módulos a siete mil quinientos módulos y la clausura del establecimiento durante 15 días hábiles para su funcionamiento conforme art. 8, 9, 10 y 11 de la presente.- c) Con la tercera infracción (segunda reincidencia), la multa será de cinco mil módulos a diez mil módulos, más la clausura definitiva del mismo y la revocación de la respectiva habilitación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal.- d) Decomiso de mercaderías cuando correspondiera.- ARTÍCULO 33º.- El Juez de Faltas podrá resolver ordenar el pago de la multa en cuotas, sólo cuando se tratare de la primera infracción. En tal caso, las cuotas no podrán exceder de tres mensuales y consecutivas. En caso de incumplimiento, la autoridad de aplicación competente emitirá título ejecutivo a los efectos de iniciar la vía de ejecución de apremios. Dicha circunstancia deberá ser informada al registro de infractores.- ARTÍCULO 34º.- Créase un registro único de comerciantes infractores al presente régimen de actividades nocturnas que funcionará en el ámbito de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Zárate.- ARTÍCULO 35º.- El Juez de falta competente deberá comunicar toda sentencia condenatoria firme al Registro de comerciantes Infractores creado por el artículo anterior, y al área de inspección de comercio y de habilitaciones, y al Registro Provincial para la Comercialización de Bebidas Alcohólicas, al solo efecto de su toma de razón.- ARTÍCULO 36º.- Los Infractores que sean sancionados con clausura definitiva, no podrán obtener en el ámbito del Partido de Zarate ningún tipo de habilitación por el lapso de dos (2) años. Ya sea a título personal o como integrante de personas jurídicas.- CAPÍTULO XI: DE LAS ADECUACIONES ARTÍCULO 37º.- Todos los establecimientos o locales que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza desarrollen actividades reguladas por la misma, tendrán el plazo máximo de 90 días corridos para adecuar sus instalaciones a las exigencias de esta normativa. Todo lo referente a los límites horarios será de implementación a partir de su entrada en vigencia.- ARTÍCULO 37º (Bis).- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día de su publicación, sin necesidad de reglamentación por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, siendo sus cláusulas plenamente operativas.- ARTÍCULO 38º.- Apruébanse lo Anexos I, II y III y el Formulario de Declaración Jurada para Espectáculos Públicos, todo lo cual forma parte integrante de la presente Ordenanza.- ARTÍCULO 39º.- Derógase la ordenanza Nº 4104, y toda otra norma que se oponga a la presente.- ARTÍCULO 40º.- De Forma.------------------------------------------------ Sr. Presidente: En vista de lo extenso del articulado el concejal Olivera, mociona no leer (audio) ¿Quién apoya la Moción? Concejales Cabeza, Berni... Vamos a votar de no dar lectura artículo por artículo, y pasar directamente a la votación, ya que todos como dice el concejal, "tienen conocimiento del expediente", por la afirmativa me señalan su voto . Dieciséis (16) votos, aprobado. Pasamos directamente a la votación del Expediente Nº: 235/25. Vamos a votar primero en General como habíamos acordado en "Labor" y después en Particular y vamos a hacerlo en distintos bloques. Expediente 235/25. En General por la afirmativa, me señalan su voto.... Perdón... le voy a dar primeramente la palabra. Concejal Matilla, tiene la palabra.--------------------------------------------------- Debate: Conc. Matilla, Olivera, Morino.... ¿Algún otro concejal va a hacer uso de la palabra? Pasamos ahora si, a la votación en General del Expediente 235/25. En General por la afirmativa, me señalan su voto. Dieciséis (16) votos, aprobado. Vamos a votar en Particular, por el Artículo 1º: me señalan su voto. Dieciséis (16) votos, aprobado. Artículo 2º: me señalan su voto. Once (11) votos, aprobado. Artículo 3º al 16º en bloque: Me señalan su voto. Dieciséis (16) votos, aprobado. Desde el Artículo 17º al 22º; me señalan si hay abstenciones: Perdón art. 17º al 21º: Once (11) votos positivos, cinco (5) abstenciones, uno (1) negativo. Queda aprobado entonces los Art. 17º, 18º, 19º, 20º y 21º. Vamos a pasar entonces otra vez en bloque desde el Artículo 22º al 39º: Me señalan su voto. Dieciséis (16) votos. quedan aprobados desde el 22º al 39º. Aprobado en General y Particular el Expediente Nº: 235/25.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Sr. Presidente: La Concejal Blanco, solicita el Ingreso de los Expedientes que fueron despachados en las comisiones: Expte: Nº: 230, 244 y 246.- ¿Quién apoya la moción de la concejal Blanco?, concejales Toncovich, Olivera... Vamos a votar la moción de la concejal Blanco, dejando asentado que el concejal Matilla se ausento así que estamos con dieciséis (16) concejales presentes. Por la afirmativa para ingresar los expedientes, me señalan su voto. Quince (15) votos, aprobado. Quedan ingresados los Expedientes: Nº: 230, 244 y 246, vamos a tratarlos uno por uno.- Por secretaria se dará lectura.-------- Sr. Secretario (Lee...): Expediente Nº: 230/25. Zárate 15 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Presupuesto y Hacienda", toma conocimiento del presente expediente y resuelve dar "Despacho Favorable", y su pase a la comisión de "Legislación e Interpretación" y.- Zárate 29 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Legislación e Interpretación", toma conocimiento del presente expediente y resuelve dar "Despacho Favorable", al Proyecto de Ordenanza, obrante a fojas 1 a 3 con las modificaciones introducidas en la comisiones a saber.... CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - H.C.D. 230/25.- VISTO: El Convenio de Colaboración Recíproca suscripto por la Asociación Civil de Bomberos Voluntarios y la Municipalidad de Zárate, plasmado en el expediente N° 4121-9046/2014, ratificado por Ordenanza 4329, y.- CONSIDERANDO: Que, oportunamente, se rubricó entre la Municipalidad de Zárate y la Asociación Civil de Bomberos Voluntarios de Zárate un convenio de colaboración y reciprocidad, por medio del cual la Asociación Civil mencionada se encontraba a cargo del servicio de rescate en la vía pública dentro de la ciudad de Zárate, encontrándose dicha norma jurídica en desuetudo.- Que, actualmente, por razones de índole operativa, el precitado servicio de emergencia y rescate en la vía pública está siendo prestado por el Departamento Emergencia (SEMU), dependiente de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Zárate.- Que, así las cosas, resulta necesario aggiornar la normativa aplicable, readecuar el organigrama municipal a la realidad prestacional, y establecer con claridad las misiones y funciones del referido Servicio de Emergencias en la Vía Pública.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 5289.- ARTÍCULO 1º.- Derogase la Ordenanza 4329, (CONVENIO DE COLABORACIÓN Y RECIPROCIDAD suscripto entre la MUNICIPIO DE ZÁRATE y la ASOCIACIÓN CIVIL BOMBEROS VOLUNTARIOS DE ZÁRATE).- ARTÍCULO 2º.- Determinase los nuevos alcances, funcionales, espaciales y temporales, y el régimen jurídico aplicable al Servicio de Emergencia SEMU que dependerá exclusivamente de la Secretaría de Salud Municipal: A)- ALCANCE FUNCIONAL O MATERIAL: El alcance funcional del convenio comprende las siguientes aportaciones, conforme al criterio de "área protegida" (código rojo - atención exclusiva en vía pública, urgencias médicas, y/o riesgo inminente de muerte). 1º).- Un servicio de cobertura de emergencias por accidentes en la vía pública dentro del ejido urbano y suburbano del Partido de Zárate las veinticuatro (24) horas del día todos los días del año.- 2º).- El servicio de traslado de emergencia de las Unidades de Salud de la ciudad de Zárate al Hospital Zonal de Agudos Virgen del Carmen u otro centro de atención médica del Partido de Zárate, disponible las veinticuatro (24) horas del día todos los días del año, previo llamado de las autoridades de dicho Centro y/o de las autoridades de la Secretaría de Salud, con un máximo de sesenta (60) traslados al mes.- 3º).- El servicio de traslado de emergencia de los ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires y asimismo los dependientes de la Municipalidad de Zárate al Hospital Zonal de Agudos Virgen del Carmen u otro centro de atención médica del Partido de Zárate, disponible los días y horarios en que se dicten clases, previo llamado de las autoridades de dicho Centro y/o de las autoridades de la Secretaría de Salud, con un máximo de sesenta (60) traslados al mes.- 4º).- La cobertura de hasta cinco (5) espectáculos públicos y/o eventos organizados por la Municipalidad por mes, respetando la prioridad de la emergencia. En caso de prórrogas a la presente que cubran el período del mes de marzo, en ese mes los espectáculos públicos a cubrir serán diez (10).- 5º).- El servicio incluye la atención y el traslado, de ser necesario, dentro del ejido urbano de la ciudad a Hospitales y Clínicas y/u otros centros de atención médica, ubicados en el Partido de Zárate, de conformidad con lo dispuesto en la ley provincial N.º 3.280 y sus modificatorias.- 6°).- El alcance funcional del convenio incluye el aporte por parte de la Secretaría de Salud de la Municipalidad de Zárate, bajo su responsabilidad, de los recursos humanos y materiales económicos y financieros necesarios para la correcta prestación de los servicios requeridos.- B)- ALCANCE ESPACIAL O TERRITORIAL: El alcance espacial de la presente Ordenanza incluye la prestación de servicios dentro del ejido urbano y suburbano de la Ciudad de Zárate y las localidades de Lima y Escalada, pudiendo extenderse al sector insular.- C)- MODALIDADES DEL SERVICIO: Se establecen las siguientes condiciones de prestación del servicio: El servicio comprende las acciones de rescate en la vía pública a través de los Sistemas Móviles de Emergencia, los cuales deberán ajustarse al Decreto N° 3280/90 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.- El servicio deberá presentarse dentro de los quince minutos de solicitado, o en un tiempo razonable de acuerdo al horario de solicitud de la emergencia y las demás circunstancias de la Caso.- Se deben contar con Unidades adecuadas para la prestación de los servicios de emergencia acordados.- Los efectores asistirán al paciente de inmediato cuando sea necesario intervenir. La prestación cesa una vez atendida la urgencia médica, sin necesidad de traslado ni de que el paciente sea recibido por la Institución a la que fue trasladado. En caso de hospitalización, esta se realizará en los hospitales públicos del Partido de Zárate. El personal de cada ambulancia será quien elabore la historia clínica (es decir, el informe de atención), la cual deberá ser firmada por el médico receptor. Cobertura de mala praxis contratada.- 2º).- Auxiliares: Deberán contar con la capacitación adecuada a la función a desempeñar.- 3º).- Conductores de ambulancia: El conductor de ambulancia deberá estar habilitado con matrícula profesional para conducir vehículos de emergencia.- D)- UNIDADES MÓVILES: 1) Las Unidades Móviles que afecten el servicio deberán mantenerse en perfecto estado de funcionamiento, interior, exterior e higiénico, contar con extintores y estar equipadas según los requerimientos específicos del servicio a prestar.- 2º).- Las Unidades Móviles deberán contener la identificación del servicio, la referencia la Municipalidad de Zárate, siendo su diseño y trazado a cargo de la misma.- 3º).- Las Unidades Móviles deberán contar con un sistema GPS (Sistema de Posicionamiento Global) y cámaras de seguridad, a cargo de la Municipalidad. El monitoreo del GPS y el control de las cámaras estará a cargo de la Secretaría de Seguridad y el COZ.- E)- NÚMERO DE PERSONAL Y AMBULANCIAS: Se establecen las siguientes condiciones de personal y lugar de servicio: 1°).- Personal: equipo básico por ambulancia: un conductor, un ayudante y un médico.- 2°).- Lugar de solicitud del servicio: Los servicios deberán solicitarse vía telefónica o verbalmente, en un lugar y teléfonos locales (al menos tres líneas fijas) con atención permanente las 24 horas del día, los 365 días del año.- En este sentido, se acuerda que la Municipalidad, a través de COZ, será la encargada de recibir las llamadas para la solicitud de servicios, quien se comunicará de inmediato, telefónica o personalmente, con el Departamento Emergencia dependiente de la Secretaría de Salud para que pueda desplegar el servicio requerido. Asimismo, el Departamento Emergencia podrá recibir llamadas de los usuarios directamente, o a través de la Policía Provincial, COZ, y/o funcionarios municipales.- CUARTA: "EDIFICIOS PÚBLICOS CUBIERTOS": Los edificios públicos a los que se refiere la presente ordenanza son los siguientes: Puesto Sanitario, Unidades de Salud (CAPS), Jefaturas pertenecientes al Municipio, Palacio Municipal, Hogar Santa Teresita, Campo Municipal, Velódromo, Dirección de tránsito, Tribunal de Faltas, ESPACIO DAM, Dependencias de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial, Hogar de ancianos, Cepam, Fórum Cultural, Centro de Integración Comunitaria (CLC), Comisaría de la Mujer, Dependencias de la Subsecretaría de Desarrollo Económico, Centro de Prevención Comunitaria (CPC), Cementerio Municipal de Zárate, Corralón municipal, Zona de Recuperación Estratégica (ZER), Quinta Jovita, Escuela de Policía, Primera Comisaría de Zárate, Comisaría de la Mujer de Zárate, y todas las dependencias públicas municipales del Partido; ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA EDUCACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y establecimientos educativos municipales, en ambos casos, en los horarios en que se dicten clases, disponiéndose sobre este particular que el costo del servicio a brindarse en los precitados establecimientos educativos será imputado y/o afrontado por el FONDO EDUCATIVO MUNICIPAL.- ARTÍCULO 3º.- EXCLUSIONES: No se encuentran cubiertos por el servicio de Emergencias Médicas (SEMU) las siguientes casuísticas, a saber: A) Traslados domiciliarios de cualquier tipo o naturaleza, entendiéndose por traslados domiciliarios los realizados desde el domicilio particular del paciente, hacia un efector o centro de tratamiento por adicciones que no reúnan la clasificación de código amarillo o rojo, aunque dicho traslado fuera requerido por disposición de autoridad judicial, debiendo ocurrirse en dichos casos al Patrullero de Nómina (Policía de la provincia de Buenos Aires y/o COZ).- ARTICULO 4°.- De Forma.-------------------------------------------------------------Sr. Presidente: Estamos en tratamiento del Expediente Nº: 230/25. ¿algún concejal va a hacer uso de la palabra?.. pasamos entonces a la votación En General por la afirmativa, me señalan su voto. Diecisiete (17) votos, aprobado. En Particular y en bloque del art. 1º al 4º, me señalan su voto. Diecisiete (17) votos. Aprobado en General y Particular el Expediente Nº 230/5.- Expediente Nº 244. Por secretaria se dará lectura.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Expediente Nº: 244/25.- Zárate 31 de julio de 2025. Reunida la comisión de "Legislación e Interpretación", toma conocimiento del presente expediente y resuelve que habiendo tomado conocimiento correspondiente a la licitación Nº: siete (7) del 2025, y luego de haber escuchado a los funcionarios del Departamento Ejecutivo Municipal y habiendo tomado intervención la comisión, entiende que nada tiene que opinar, atento a tratarse una materia de competencia exclusiva del Ejecutivo Municipal.------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Sr. Presidente: Bueno estamos en tratamiento del Expediente Nº 244. ¿Algún concejal va a hacer uso de la palabra?, Concejal Cabeza tiene la palabra.---------------------------------------------------------------------- Debate Concejales: Cabeza (2), Olivera (2), Gallea (2), Matilla, Fenestraz (2), Budano... Si ningún concejal mas va a pedir el uso de la palabra? vamos a pasar a votar el Despacho de la comisión. Por la afirmativa, me señalan su voto.... perdón nominal como había pedido la concejal Cabeza.------------- Sra. Subsecretaria: Berni, Alejandra...........................................Conc. Berni.................Negativo Sra. Subsecretaria: Blanco, Natalia..........................................Conc. Blanco................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Bochini, Roberto Hernán................................Conc. Bochini.................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Budano, Marcela.........................................Conc. Budano................Negativo Sra. Subsecretaria: Cabeza, Mónica..........................................Conc. Cabeza.................Negativo Sra. Subsecretaria: Castiglioni, Lucas....................................Conc. Castiglioni..................Ausente Sra. Subsecretaria: Castro, Vanina.............................................Conc. Castro...............Afirmativo Sra. Subsecretario: Di Giuseppe, Blanca Margarita.......................Conc. Di Giuseppe.......Afirmativo Sra. Subsecretaria: Fenestraz, Lautaro Emilio..............................Conc. Fenestraz............Negativo Sra. Subsecretaria: Finkel, Eduardo..............................................Conc. Finkel................Afirmativo Sra. Subsecretaria: Gallea, María Elena......................................Conc. Gallea...............Afirmativo Sra. Subsecretaria: Hergert, Daiana Alejandra..............................Conc. Hergert................Ausente Sra. Subsecretaria: Matilla, Leandro Adolfo.................................Conc. Matilla.................Negativo Sra. Subsecretaria: Morino, Aldo Bruno......................................Conc. Morino.................Negativo Sra. Subsecretaria: Olivera, Ignacio..............................................Conc. Olivera...............Afirmativo Sra. Subsecretaria: Palermo, Vanesa Liliana................................Conc. Palermo.............Afirmativo Sra. Subsecretaria: Schiavoni, Marcelo Daniel..............................Conc. Schiavoni.............Ausente Sra. Subsecretaria: Semeria Olmos, Victoria................................Conc. Semeria Olmo....Afirmativo Sra. Subsecretaria: Toncovich, Norberto Fernando........................Conc. Toncovich.........Afirmativo Sra. Subsecretaria: Unrein, Walter Ricardo....................................Conc. Unrein...............Afirmativo Sr. Presidente: Once (11) votos, queda aprobado el Despacho de la comisión.- Pasamos ya, al expediente Nº 246.- Por secretaria, se dará lectura.------------------------------------------------------------------- Sr. Secretario (Lee...): Expediente Nº 246/25.- Zárate, 31 de julio de 2025. Reunida en el dia de la fecha la comisión de "Presupuesto y Hacienda", toma conocimiento del presente expediente y resuelve dar "Despacho Favorable", al proyecto de Ordenanza obrante a fojas 1 y 2 y pase a comisión de "Legislación e Interpretación".- Zárate, 31 de julio de 2025. Reunida en el dia de la fecha la comisión de "Legislación e Interpretación", toma conocimiento del presente expediente y resuelve dar "Despacho Favorable", al proyecto de Ordenanza obrante a fojas 1 y 2.- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - H.C.D. 246/25.- VISTO: La inminente presentación en nuestra ciudad de la obra musical "El elefante Trompita, un zarateño de corazón", escrita por la reconocida autora Marisé Monteiro y dirigida por Nacho Medina, en homenaje al zarateño Tito Alberti, creador de una de las canciones infantiles más emblemáticas de nuestro cancionero popular; y.- CONSIDERANDO: Que, Marisé Monteiro es oriunda de Zárate, Bibliotecaria y Licenciada en Ciencias de la Comunicación egresada de la Universidad Nacional de La Plata, y ha desarrollado una trayectoria artística de más de cuarenta años en el ámbito del teatro, constituyéndose en una de las dramaturgas más prolíficas y reconocidas del país.- Que, ha creado y estrenado más de 60 musicales infantiles, muchos de ellos con proyección internacional, como Peter Pan, todos podemos volar, Aladín, será genial, Manuelita, la tortuga de Pehuajó, Pulgarcito y El Principito, entre otros.- Que, su producción incluye no solo espectáculos teatrales, sino también instalaciones interactivas, experiencias de turismo cultural, ciclos históricos, propuestas ecológicas y trabajos de site-specific art que vinculan el arte con el patrimonio cultural.- Que, ha trabajado con figuras destacadas de la escena nacional, y ha sido reconocida en 2020 como Personalidad Destacada de la Cultura por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Que, con la obra "El elefante Trompita, un zarateño de corazón", Marisé Monteiro vuelve a su ciudad natal para rendir homenaje a otra figura zarateña fundamental como Tito Alberti, fortaleciendo el vínculo entre la identidad local, la infancia y la cultura popular.- Que, esta obra, con producción musical y artística de primer nivel, no solo pone en valor a uno de los íconos más entrañables de nuestra niñez, sino que propone a Trompita como emblema cultural de Zárate, en el marco de un proyecto municipal que reivindica nuestras raíces.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: ORDENANZA Nº 5291.- ARTÍCULO 1º.- Declárese Personalidad Destacada de la Cultura de Zárate a la autora Marisé Monteiro, en reconocimiento a su extensa y valiosa trayectoria artística, su compromiso con el arte para las infancias, y su reciente aporte a la identidad cultural de la ciudad mediante la obra "El elefante Trompita, un zarateño de corazón".- ARTÍCULO 2º.- Entréguese copia de la presente a la homenajeada, haciéndole llegar el reconocimiento del pueblo de Zárate a través del Honorable Concejo Deliberante.- ARTICULO 3°.- De Forma.----------- Sr. Presidente: Estamos en tratamiento del Expediente Nº 246. ¿Algún concejal va a hacer uso de la palabra?.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Debate: Concejales Budano, Olivera (solicita lectura de vistos y considerandos)... Si ningún otro concejal va a hacer uso de la palabra, vamos a pasar a la votación.- En General por la afirmativa, me señalan su voto. Dieciséis (16) votos, aprobado. en Particular y en bloque Art. 1º y 2º, me señalan su voto. Dieciséis (16) votos. Aprobado en General y Particular el Expediente Nº: 246/25.- Pasamos al siguiente Punto del "Orden del Día".---------------------------------------------------------------------------------------- 8vo.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", EFEMERIDES.- ¿Algún concejal va a hacer uso de la palabra?.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- Debate Efemérides: Concejales Budano (29 de julio de 1966 "Noche de los Bastones Largos") si ningún otro concejal va a hacer uso de la palabra, pasamos entonces al siguiente Punto del "Orden del Día".---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- 9no.- PUNTO DEL "ORDEN DEL DÍA", ARRIAR EL PABELLÓN NACIONAL. Invitamos al concejal Matilla (aplausos...).- Siendo las 19:11hs., damos por finalizada la 10ma. Sesión Pública Ordinaria del día de la fecha.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ ---------------------------------------------------------FIN DE SESIÓN-------------------------------------------------------- DR. LIPSZYC, MARTÍN Secretario del H.C.D. del Partido de Zárate SR. UNREIN, WALTER RICARDO Presidente del H.C.D. del Partido de Zárate
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