Ordenanza Nro. 4930


CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 - H.C.D. 039/22.-

V I S T O:
Que, madres, padres, alumnos y alumnas del establecimiento educativo "Carlos Von Bernard" de paraje "El Tatú" se acercaron a conversar con concejales y concejalas de los distintos bloques de este HCD, con la finalidad de recibir apoyo y ser representados/as en su reclamo, que tiene por objeto que los alumnos y las alumnas de ese establecimiento no deban interrumpir su educación, por verse imposibilitados de concurrir a la escuela; y.-

CONSIDERANDO:
Que, en el establecimiento educativo que conocemos como "El Tatú" se encuentra la escuela primaria N° 16 y la escuela agraria secundaria N° 1, donde concurren cientos de alumnos y alumnas zarateños/as.-

Que, los vecinos y vecinas del partido de Zárate, sabemos que la escuela "El Tatú" como la conocemos, no es un establecimiento educativo al que solo concurren alumnos/as por su cercanía, lo cierto es que estamos refiriéndonos a un establecimiento regional, icónico en la enseñanza agraria y agropecuaria, como no tenemos otra en la zona. Sus alumnos y alumnas se distinguen, son premiados y reciben una especialización que los y las diferencia.-

El partido de Zárate no puede desconocer la relevancia que tiene el sector productivo agroganadero, y el sector rural demanda personal capacitado que recibe en la escuela del Tatú sus herramientas.-

Que es un orgullo del Partido de Zárate que estas escuelas sean públicas.-

Se reitera, que se diferencia este establecimiento en que no esta orientado solo a satisfacer las necesidades de quienes por cercanía deben acceder a la escuela, es un establecimiento al que desean concurrir quienes se encuentran interesados y motivados en estudiar con orientación  agraria / agropecuaria.-

Que, la problemática actual es que el transporte privado que presta el servicio, cobra aproximadamente $13000.- por cada alumno que concurre desde la ciudad de Zárate hasta el establecimiento, lo que evidentemente genera una barrera. Muchas familias no pueden cubrir ese costo, lo que motiva que alumnos y alumnas dejen de concurrir al establecimiento.-

Que el país hoy se encuentra en una especial situación de crisis motivada por la pandemia COVID-19, que obviamente repercute en las posibilidades económicas de muchos de los padres y madres de los alumno/as. Asimismo, la educación, que se vio afectada por la imposibilidad de clases presenciales, requiere especial atención para recuperar los perjuicios que la pandemia provocó cuando la prioridad era la salud.-

Que, alumnos y alumnas, personal docente, auxiliares, necesitan un transporte seguro y posible de solventar.-

Que, la Ley Nº: 13.688, regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender en el territorio de la provincia de Buenos Aires, conforme a los principios establecidos en la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, en la Constitución Provincial y en la Ley de Educación Nacional, consagrando que la educación y el conocimiento son bienes públicos y constituyen derechos personales y sociales, garantizados por el Estado.-

La educación es una prioridad y constituye una política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática y republicana, respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social.-

La educación debe brindar las oportunidades para el desarrollo y fortalecimiento de la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y la promoción de la capacidad de cada alumno de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad, respeto a la diversidad natural y cultural, justicia, responsabilidad y bien común.-

La Provincia, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, tiene la responsabilidad principal e indelegable de proveer, garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad para todos sus habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y la justicia social en el ejercicio de este derecho, con la participación del conjunto de la comunidad educativa.-

Que, son vecinos y vecinas de Zárate quienes demandan solución, y lo hacen pidiendo ante el estado municipal, en este caso luego de acudir al DEM pretenden ser representados por las concejalas y los concejales, quienes debemos por un lado dar una solución inmediata a su problemática y por el otro analizar, trabajar y lograr una solución que tienda a ser definitiva.-

Que, sabemos que no es el único problema que tienen los alumnos del establecimiento que han recibido promesas de mejorar el camino que no se cumplieron y que también merecen sean tratadas como prioritarias.-

Que, estamos frente a una necesidad y esto debe generar un derecho.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente

ORDENANZA Nº 4930.-

ARTÍCULO 1º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, el Ministerio de Transporte y el Ministeriode Educación de la Provincia de Buenos Aires, deberán garantizar, hasta que finalice el ciclo lectivo 2022, salvo que se consiga una solución superadora con anterioridad a esa fecha, que los alumnos, alumnas, personal docente y auxiliar del establecimiento educativo "Carlos Von Bernard" de paraje "El Tatú" puedan tener un transporte gratuito o conforme tarifa fijada por la subsecretaria de transporte de la Provincia de Buenos Aires, para este tipo de recorrido, distancia y función social educativa.-

ARTÍCULO 2º.- 
Solo para el caso que el DEM pretenda dar cumplimiento al artículo 1 de la presente mediante el SIT (Zárate Transporte SAPEM) autorizase la ampliación del recorrido hasta el establecimiento educativo "Carlos Von Bernard" de paraje "El Tatú".-

ARTÍCULO 3º.- Fórmese en este HCD una comisión especial que deberá reunirse semanalmente desde la promulgación de la presente hasta finalizado el ciclo lectivo 2022 (salvo que con anterioridad se encuentre solución) denominada Transporte escuela "El Tatú", y  conformada por concejalas y concejales de todos los bloques, la que deberá procurar una solución mediante financiación, y/o gestión ante el gobierno provincial, municipal o nacional, y/o subsidio a cooperadora y/o cualquier otra alternativa que garantice el derecho a la educación protegido. Esta comisión podrá reunirse convocando a padres, madres, maestras, profesores/as, personal auxiliar, directivos del establecimiento, representantes de la cooperadora, miembros del ejecutivo municipal, provincial o municipal, como así también a posibles entidades publicas o privadas que puedan financiar esta necesidad.-

ARTÍCULO 4º.-De no conseguirse para finales de 2022 una solución, la comisión deberá emitir un informe y proponer soluciones y/o nueva legislación que reemplace la presente.-

ARTÍCULO 5º.-  Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la sala de sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate a los cinco días del mes de mayo de dos mil veintidós.-