Ordenanza Nro. 4500


CORRESPONDE A EXPTE. 4121 -H.C.D. 500/16.-

V I S T O:
El Contrato de Cesión de Derechos y Acciones celebrado entre la Municipalidad de Zárate y el Sr. Martín Gabriel Pacheco, y.-

CONSIDERANDO:
Que, el citado Contrato, celebrado entre las partes signatarias, tiene por objeto la cesión a favor de la Municipalidad de Zárate, y a título gratuito, de todos los derechos y acciones posesorias que pudiera tener y pudieran pertenecerle al Sr. Pacheco respecto de la porción del predio de 5.067,91 mts.2 ubicado en la calle Laprida 1044, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: I, Sección: F, Fracción: 4, Parcelas: 18 y 24, del Partido de Zárate.-

Que, conforme lo dispuesto por el Artículo 41º, del Decreto Ley 6.769/58 (Ley Orgánica Municipal) corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar los Convenios que suscriba el Departamento Ejecutivo.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades san­ciona la siguiente:

O R D E N A N Z A   N°  4 5 0 0.-

ARTÍCULO 1º.- Acéptase la CESIÓN DE DERECHOS Y ACCIONES EMERGENTES DEL CONTRATO, formulada por el señor MARTÍN GABRIEL PACHECO a favor de la MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE, consistente en la porción del predio de 5.067,91 mts.2 ubicado en la calle Laprida 1044, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: I, Sección: F, Fracción: 4, Parcelas: 18 y 24, del Partido de Zárate, conforme los términos del convenio que se rati­fica en el Artículo 2° de la Presente Ordenanza.- 

ARTÍCULO 2º.- Ratifícase CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS Y AC­CIONES, celebrado entre la MUNICIPALIDAD DE ZARATE, representada por el Señor Intendente Municipal Dn. OSVALDO RAÚL CÁFFARO, y el Sr. MARTÍN GABRIEL PACHECO, el que en copia certificada y como Anexo I, forma parte integrante de la presente ordenanza.- 

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate,  a los siete días  del mes de Diciembre de dos mil dieciséis.- 

ANEXO I 

CESION DE DERECHOS Y ACCIONES MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE - PACHECO
Entre la MUNICIPALIDAD DE ZARATE, representada por su Intendente Municipal Don OSVSALDO RAÚL CÁFFARO, titular del Documento Nacional de Identidad N° 14.166.283, con domicilio en la Avenida. Rivadavia N° 751 de la ciudad de Zárate. Provincia de Buenos Aires, por una parte y en adelante denominada, indistintamente, la "MUNICIPALIDAD" y/o la "CESIONARIA"; y por la otra el señor MARTÍN GABRIEL PACHECO titular del Documento Nacional de Identidad N°: 14.166.573, con domicilio en la calle Laprida N° 1044 de la ciudad de Zárate, Provincia de Buenos´ Aires, denominado en adelante el "CEDENTE"; asimismo interviene en este acto la Señora Sandra Elizabeth Díaz, titular del Documento Nacional de Identidad N° 20.258.390, con domicilio en la calle Laprida N° 1044 de la ciudad de- Zárate, Provincia de Buenos Aires, en su carácter de cónyuge del señor Martín Gabriel Pacheco, a los fines de prestar el consentimiento previsto en el artículo 470 del Código Civil y Comercial. Que, en tal sentido las partes convienen en celebrar el presente CONTRATO DE CESIÓN DE ACCIONES Y DERECHOS, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

CLÁUSULA PRELIMINAR: ANTECEDENTES: Que, conforme el expediente administrativo municipal Nº 4121-8640/2014, Y que el señor Martín Gabriel Pacheco se encuentra en posesión pública, pacífica, ininterrumpida y no viciosa del inmueble objeto del presente desde el día 22 de mayo de 1992, es que hubo de adquirir derechos sobre el bien descripto como Circunscripción: 1, Sección: F, Fracción: IV, Manzana: 396, Parcelas: 18 y 24, del Partido de Zárate, Que, en el expediente municipal antes citado, el Ingeniero Agrimensor Mauricio Rodríguez Tello solicita el visado municipal de ambas parcelas que el Sr. Pacheco pretende prescribir. Que, es de público conocimiento que dicho espacio fue la sede del Club Deportivo Dorrego, espacio que desde hace más de 30 años, el Sr. Pacheco se encarga de custodiar, como así también de afrontar las cargas del mismo el que, a su vez, resulta ser su lugar de residencia habitual constituyendo él su vivienda. Que, el Club Deportivo Dorrego, como institución, ha dejado de funcionar hace varios años y se encuentra en estado de acefalia.-

Que, es de suma importancia recuperar ese espacio para el bien común de los vecinos del barrio, circunstancia que las partes han estado de acuerdo en un todo según lo manifestado en el Acta Compromiso que luce como ANEXO I.-

Que, en tal orden de cosas el señor Pacheco y la Municipalidad de Zárate han de convenir la cesión de derechos y acciones posesorias que corresponde a la porción que funcionara como club.-

PRIMERA: OBJETO: CESION DE DERECHOS Y ACCIONES: Que por este acto, el CEDENTE (Martín Gabriel Pacheco) CEDE Y TRANSFIERE en éste acto en favor de la MUNICIPALIDAD, y a título gratuito, todos los derechos y acciones posesorias que pudiera tener y pudieran pertenecerle respecto de la porción del predio de 5.067,91 mts 2, que se detalla en el CROQUIS que como Anexo II forma parte integrante del presente, ubicado en la calle Laprida 1044, cuya nomenclatura catastral es Circunscripción: 1, Sección: F, Fracción: 4, Parcelas: 18 y 24, del Partido de Zárate.-

SEGUNDA: La MUNICIPALIDAD DE ZARATE acepta en éste acto la cesión de derechos y acciones posesorias realizada en su favor, y ha de someter el presente convenio para su ratificación por parte del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate.-

TERCERA: Las partes dejan constancia que el cedente ha entregado la posesión material del bien, en la porción indicada, a la MUNICIPALIDAD, quien ha tomado posesión de la misma antes de ahora.-

CUARTA: El CEDENTE se obliga a entregar al CESIONARIO todos los elementos de prueba que tiene en su poder para acreditar la posesión invocada. Asimismo se compromete a declarar como, testigo en un eventual proceso de adquisición del dominio que pudiera entablar la MUNICIPALIDAD con el fin de obtener la declaración de propiedad de la porción inmobiliaria antes mencionada, como también a proporcionar la nómina de testigos sobre el hecho de la posesión aludida.-

QUINTA: Las partes acuerdan que evaluaran en conjunto promover, en su caso la pretensión adquisitiva del dominio mediante acumulación subjetiva simultánea de pretensiones a fin de la promoción de un único proceso judicial, y/o acumular las acciones independientes o individuales.-

SEXTA: A los fines de la presente cesión, el CEDENTE se obliga a suscribir todo instrumento público o privado que le sea requerido por la MUNICIPALIDAD, siendo a cargo de ésta última, los gastos que tales instrumentos devenguen.-

SÉPTIMA: El CEDENTE manifiesta que: a) es capaz y no se encuentra inhibido para disponer de sus bienes; b) el inmueble no reconoce gravámenes, restricciones ni interdicciones; c) ostenta la posesión pública, pacífica, ininterrumpida y no viciosa del inmueble desde hace más de veinte años computados desde la fecha de suscripción del presente; d) no tiene conocimiento de ninguna acción real intentada sobre el inmueble; y e) no ha iniciado juicio de usucapión respecto del inmueble.-

OCTAVA: Que, una vez ratificado el presente por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, la MUNICIPALIDAD procederá a la rectificación que pudiere corresponder en relación a la base imponible de aquellas tasas municipales por servicios generales que se devenguen en virtud del bien, y llevar las mismas a sus justos límites conforme las normas aplicables.-

NOVENA: Los planos de mensura y/o con otra finalidad resultaren necesarios de realizar respecto de la porción del bien objeto del presente acuerdo de voluntades, serán a cargo de la MUNICIPALIDAD.-

DÉCIMA: Las partes fijan sus domicilios en los indicados más arriba, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y/o extrajudiciales.-

UNDÉCIMA: Para todas las cuestiones derivadas de la aplicación del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del departamento Judicial Zárate Campana, renunciando expresamente a cualquier otro fuero o jurisdicción y renunciando a la facultad de recusar sin expresión de causa.-

En la ciudad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, a los 26 días del mes de Octubre de Dos Mil Dieciséis, y en prueba de conformidad se firman Tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.-

ANEXO I

ACTA COMPROMISO
En la Ciudad de Zárate, a los 4 días del mes de Febrero de 2015, entre la MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, don OSVALDO RAÚL CAFFARO, Titular del Documento Nacional de Identidad N° 14.166.283, con domicilio en la Avenida Rivadavia N° 751 de la ciudad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, denominada en adelante la "MUNICIPALIDAD", por una parte, y por la otra el Sr. MARTIN GABRIEL PACHECO, en su carácter de encargado del mantenimiento del inmueble objeto del presente, Titular del Documento Nacional de Identidad N° 14.166.573, con domicilio en Laprida 1044, de la ciudad de Zárate, Provincia de Buenos Aires, convienen en suscribir el presente acta de compromiso:

PRIMERA: La MUNICIPALIDAD, se compromete a realizar los trámites correspondientes tendientes a la regularización dominial del predio ubicado en Laprida 1044, cuyos datos catastrales son: CIRC. 01, SECC. F, FRACC. 0004, PARCELA 0018, a través de una cesión gratuita de derechos posesorios o por intermedió de una prescripción administrativa, a fin de poder realizar en el mismo un Campo Social y Deportivo de carácter público a cargo de la Municipalidad de Zárate. Asimismo la MUNICIPALIDAD, se compromete a tramitar la subdivisión del terreno a, los, fines de otorgar una porción del mismo, a convenir entre las partes, al Sr. PACHECO para destino exclusivo de vivienda única y de ocupación permanente.-

SEGUNDA: La MUNICIPALIDAD, se compromete a realizar las obras necesarias para la puesta en valor en el inmueble objeto de la presente, una vez que el mismo quede bajo administración municipal.-

TERCERA: El Sr. PACHECO, se compromete a otorgar exclusividad a la MUNICIPALIDAD para la realización de los trámites de regularización dominial y la ejecución de las obras indicadas en la cláusula SEGUNDA.-

CUARTA: La MUNICIPALIDAD, será la responsable de la ejecución de las obras comprometiéndose a llevar a cabo los trabajos acordados, como así también se hará cargo de todos los gastos relativos a las mismas.-

QUINTA: Las obras serán realizadas una vez cumplimentada la cláusula PRIMERA del presente acuerdo, acorde al plan de trabajo que presente conjuntamente a la DIRECCIÓN DE DEPORTES de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TERRITORIAL y la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de la MUNICIPALIDAD, DE ZÁRATE.-

SEXTA: Que la MUNICIPALIDAD, en caso de poder cumplimentar con la Cláusulas precedentes, se compromete a contemplar la incorporación y/o contratación del Sr. PACHECO, como Conserje del futuro campo social y deportivo municipal.-

SÉPTIMA: La MUNICIPALIDAD se compromete que en un plazo de 6 (SEIS) meses dará a conocer el plan de trabajo indicado en la cláusula CUARTA, y de común acuerdo con el Sr. PACHECO, se comenzarán las obras.-

OCTAVA: Que las obras serán certificadas por la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS de la MUNICIPALIDAD DE ZÁRATE, en su avance en las condiciones de su ejecución y finalización.-

NOVENA: Que las partes fijan sus domicilios en los indicados en el encabezamiento del presente, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales y extrajudiciales que se cursen y acuerdan expresamente que para" resolver cualquier diferendo que eventualmente se pudiera suscitar se someten a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios del Fuero Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Zárate Campana, renunciando a cualquier otra jurisdicción.-

No siendo para más se cierra el acto con previa e integra lectura firmando en prueba de conformidad dos (2) ejemplares de un tenor y a un solo efecto.-