Ordenanza Nro. 3228 CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121 -H.C.D. 180/99.- V I S T O: CONSIDERANDO: Que por la altura y el follaje de los ejemplares que forman la arboleda se establece una barrera natural contra vientos y tormentas.- Que la tala de estos eucaliptus que han acompañado la vida de nuestra Ciudad por casi cien años sería un atentado contra el patrimonio histórico y forestal del Partido de Zárate.- Que ante el cuidado del medio ambiente y la preservación de la vida como principios básicos, preservar estos añosos árboles constituye un deber y un ejemplo para las jóvenes generaciones.- Que según lo establece el Código de Planeamiento Urbano del Partido de Zárate, en su Capítulo 2, Punto 13, "es obligación cuidar, mantener y generar el patrimonio forestal del Partido.- Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 3 2 2 8.- ARTÍCULO 1º.- Declárase "Patrimonio Histórico y Forestal del Partido de Zárate" al monte de eucaliptus sito en calles Avda. Anta entre la Estación del Ferrocarril TBA (Ex - Mitre) y el viaducto de Avenida Antártida Argentina.- ARTÍCULO 2º.- Se prohíbe la tala indiscriminada de los ejemplares que conforman dicho monte y también la poda que resulte mutilante o perjudique el normal desarrollo de dichas especies arbóreas.- ARTÍCULO 3º.- Que por razones de estricta necesidad motivada por obras de infraestructura urbana, sea indispensable la remoción de ejemplares pertenecientes a dicha área, deberá tal acción someterse a la consideración de este H.C.D., y en caso que éste convalidara la remoción se procederá a la plantación de un número igual al del doble de las especies removidas en zona a determinar por este H.C.D.- ARTÍCULO 4º.- Colóquense carteles de advertencia al predio aludido, donde bajo la sigla "Municipalidad de Zárate" se informe sobre la prohibición antedicha haciendo especial referencia a la presente Ordenanza y su número.- ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los dos días del mes de Diciembre de mil novecientos noventa y nueve.- |