N° Expediente: 138/22


Clase de Expediente: Resolución

Título / Síntesis: Manifestando apoyo del cuerpo a la implementación de boleta única de sufragios para las elecciones provinciales.-

Autor Otro - BLOQUE JUNTOS - JUNTOS U.C.R.

Fecha de Ingreso: 2022-05-03

Estado del Expediente: Pasado a Comisión

CORRESPONDE A EXPEDIENTE Nº 4121- H,C,D, 138/22.-

Zárate, 2 de mayo de 2022

VISTO:

           Las diversas ventajas que surgen de la implementación de la Boleta Unica de sufragio por sobre el sistema de Boletas Partidarias y la existencia de diversos proyectos a nivel provincial y nacional que impulsan su implementación y;

CONSIDERANDO:

                           Que las elecciones son el pilar de la democracia representativa de nuestro país que es ejercida por ciudadanos y ciudadanas a través del sufragio universal, igual, secreto, directo, libre y obligatorio. Que la Ley N° 5.109 y sus modificatorias establece el Régimen Electoral en la provincia de Buenos Aires y la ley 14.086 establece el Régimen de Elecciones Primarias, abiertas, obligatorias y simultáneas para la selección de candidatos a cargos públicos electivos para todos los partidos políticos.

                          Que con motivo de la crisis sanitaria generada por la pandemia declarada por causa del Virus Sars Covid-19 se ha sancionado la Ley 27.631, publicada el 04 de junio 2021 en el Boletín Oficial que posterga las elecciones legislativas de este año por única vez. La norma, sancionada en el Senado, fue promulgada mediante el decreto 357/21 determinando así la modificación de las fechas del calendario electoral por motivos sanitarios.

                         Que asimismo se han presentado proyectos para la implementación de Boletas Únicas de Sufragios en los procesos electorales en la cámara de diputados y de senadores de la legislatura de la provincia de Buenos Aires para modificar el sistema de votación vigente.

                        Que estos proyectos de ley, al igual que numerosos proyectos ya existentes, buscan incorporar que los procesos electorales de Autoridades Provinciales y Municipales de la provincia de Buenos Aires se realicen por medio del Sistema de Boleta Única de Sufragio en soporte papel.

                       Que la adopción del sistema de Boleta Única, no sólo constituye un sistema superior al vigente en lo que hace al resguardo de las garantías de efectivo goce para todos/as los/as habitantes de una democracia republicana, sino que además en el grave contexto de crisis generado por circulación del Virus Covid-19, implica la adopción de mayores resguardos sanitarios en la medida que reduce notoriamente los tiempos de espera, las largas colas en espacios cerrados, las horas de conteo de votos, evita además la manipulación excesiva de papel (sobres, reparto de boletas, conteo etc.) ya que la boleta se entrega en mano a cada elector cuando asiste a votar, restringiendo de esta forma la posibilidad de contagios masivos del Virus. Incluso, los cuartos oscuros podrían ser organizados para funcionar al aire libre garantizando la privacidad del votante mediante la separación por biombos.

                     Que el sistema de boleta única posee además numerosas ventajas por sobre el sistema vigente: • Mejora la calidad institucional y la democracia, al ofrecer mayor transparencia y eficiencia al proceso electoral. • Garantiza equidad en la competencia electoral, en la medida que muestra a todos los candidatos de todos los partidos políticos, grandes y chicos, garantizando la oferta electoral. El sistema de votación vigente afecta los derechos políticos de los votantes y distribuye de manera desigual las oportunidades de los partidos políticos. Una de las principales fuentes de inequidad se manifiesta nítidamente en la adopción del modelo de Boleta Partidaria, tanto por la responsabilidad que el mismo deposita sobre los partidos políticos, como por las consecuencias que conlleva el día de la elección.

                    Que en el sistema propuesto el Poder Ejecutivo tiene la responsabilidad de diseñar, imprimir y distribuir las boletas únicas, cuya confección y distribución estará a cargo de la Justicia Nacional Electoral, asegurando al elector la disponibilidad de todas las opciones electorales en cada mesa de votación. • Amplía la autonomía en la decisión de cada elector. La Boleta única muestra a todos los candidatos y pone a la voluntad del elector en el centro de la escena, sin conflicto, haciendo foco únicamente en qué quiere la mayoría de argentinos/as o bonaerenses para el futuro del país y de la Provincia garantizando que los escrutinios sean el reflejo lo más exacto posible de su voluntad expresada en las urnas • Simplifica el voto, el modo de recuento y minimiza la posibilidad del fraude electoral al no ser posible el robo de boletas, ni la existencia de boletas adulteradas, ni de favores a cambio de votos. • Reduce el Impacto Ambiental, evitando el uso indiscriminado de papel debido a la impresión de una gran cantidad de boletas partidarias y la convierte en una oferta mas económica

                    Que en un escenario de grave crisis económica como la que está atravesando nuestra Provincia y todo el país, la Boleta Única genera además un ahorro indispensable, ya que implica una erogación mucho menor para el Estado. El sistema actual significa para el Estado y para los Partidos Políticos gastos millonarios; implicando además la impresión de toneladas de papel que nunca se usa. Se estima que la adopción del sistema de boleta única significaría el ahorro de unos tres mil (3000) millones de pesos.

                   Que actualmente la amplia mayoría de los Estados modernos utilizan la boleta única. En América Latina, sólo dos países utilizan aun el sistema de una boleta por partido: la Argentina y Uruguay.

                   Que este formato se encuentra vigente en nuestro derecho electoral federal tanto para la emisión del voto de las y los electores privados de libertad como de las y los argentinos residentes en el exterior.

                   Que asimismo este sistema fue instaurado con probado éxito en las provincias de Santa Fe (Ley N°13.156) y Córdoba (Ley N°9.838), también en CABA. 13 provincias poseen legislación vigente que permite la utilización de algún tipo de voto electrónico, con diferentes grados de avance para su implementación.

                  Que a nivel Provincial entre otros se han presentado en la legislatura de la provincia de Buenos Aires tanto por Senadores como por Diputados iniciativas en este sentido que aguardan pronto tratamiento.

                  Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

RESOLUCION

ARTÍCULO 1. - El Honorable Concejo Deliberante de Zárate manifiesta su apoyo a la implementación en la Provincia de Buenos Aires de Boletas Unicas de Sufragios para las elecciones a llevarse a cabo en esta provincia y los diversos Municipios que la integran y adhiere al proyecto presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires con N° de EXPTE. D-7753/22-23.-----------------------------------------------------------

ARTICULO 2. - De forma.--------------------------------------------------------------------------------------------------