N° Expediente: 035/22


Clase de Expediente: Ordenanza

Título / Síntesis: Solicitando al D.E.M implemente a través del SIT el transporte de pasajeros a alumnos de la Escuela secundaria agraria N°1 "Carlos Von Bernard" del paraje "El Tatú" y Escuela Primaria N°16.

Autor Otro - INTERBLOQUE JUNTOS- JUNTOS-UCR.

Fecha de Ingreso: 2022-03-10

Estado del Expediente: Pasado a Comisión

 

 

VISTO:

El reclamo de padres y alumnos por un servicio de transporte público para el traslado del alumnado, profesores, personal docente y no docente, hacia la Escuela Secundaria Agraria N° 1 "Carlos Von Bernard" de paraje "El Tatú" y Escuela Primaria Nro. 16, que pueda garantizar la presencialidad de las clases en este nuevo ciclo lectivo, y;

CONSIDERANDO:

Que, a la fecha los alumnos que cursan en dicho establecimiento no tienen asegurado un transporte público de pasajeros que recorra las distancias entre Zarate, Lima y Escalada hacia el establecimiento "El TATU". Que, ante la inexistencia del transporte público local, las familias se vieron obligadas a contratar un transporte privado para el traslado de sus hijos hacia la escuela de manera mensual. Que, la empresa privada de transporte que utilizaban habitualmente y que es la única que presta dicho servicio, hoy ha incrementado el valor de su prestación que asciende a suma aproximada de Pesos Trece Mil ($13.000) de manera mensual, y para cada alumno de Zárate y un valor de Pesos Dieciocho Mil ($18.000) mensuales para los alumnos de que residen en Lima. Que, actualmente la matrícula total y aproximada es de 300 alumnos entre de las escuelas de enseñanza secundaria y primaria, más maestros, profesores y personal auxiliar no docente. Que, ante la imposibilidad de los padres de solventar dicho importe ven con preocupación y desazón la idea de retirar a sus hijos de la institución y reubicarlos en las escuelas secundarias y primarias situadas dentro del casco urbano. Que, existe una Sapem de Transporte en el distrito que opera en forma local el Sistema Integral de Transporte (SIT). Y que dicho servicio posee como circuito de recorrido con autobuses que actualmente salen de Zárate y llegan hasta Escalada. Que, desde la localidad de Escalada hasta la Escuela Paraje Él Tatú, existen aproximadamente 6 kilómetros de distancia, lo que bien podría solucionarse dicha problemática con la extensión del recorrido que realiza el SIT ( Sistema Integrado de Transporte) público y local atento la corta distancia que se menciona, en los horarios de concurrencia del alumnado y personal docente y no docente antes referido. Que, de igual manera, el DEM debiera a fin de garantizar el derecho a la educación de los alumnos, extender los recorridos y las unidades de traslado público de pasajeros que actualmente existen para que la comunidad educativa que concurre allí pueda llegar al establecimiento y regresar a sus hogares con el servicio de transporte público local. Que, desde el comienzo de la pandemia, la enseñanza en la educación se vió modificada en sus formas de manera virtual y no presencial, y que a consecuencia de esta grave y triste situación muchos estudiantes dejaron de estudiar por diversas razones. Que hoy, con el avance en el conocimiento de los protocolos de salud, es posible retomar la presencialidad en las escuelas de la provincia de Buenos Aires. Que, esta problemática que las familias están viviendo por la falta de un servicio de transporte público de pasajeros no les quite nuevamente la ilusión de que sus hijos continúen sus estudios en un establecimiento tan emblemático y significativo para nuestra ciudad como "El Tatú".

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º. - El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de sus organismos o a través de la SAPEM transporte público (SIT) deberá garantizar por el plazo de 24 meses un servicio público de transporte que mediante su recorrido, a determinarse por reglamentación, comunique a la zona urbana de Zárate y a la Escuela secundaria agraria N°1 "Carlos Von Bernard" del paraje "El Tatú" y Escuela Primaria N°16, debiendo mantener frecuencias de horarios que garanticen el adecuado traslado de los alumnos.-

Artículo 2º. - Colóquese un refugio de protección contra las inclemencias climáticas en dicho establecimiento, a fin de proteger a la comunidad educativa de concurrencia a la institución.-

Artículo 3º. - Confórmese una comisión integrada por padres del establecimiento, el área de educación del Municipio y del Consejo escolar, para establecer pautas a futuro y tener certeza del medio de transporte ante cada inicio del año escolar.-

Artículo 4º. - Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal, a celebrar convenios con empresas privadas y de garantizar el servicio de transporte, objeto del articulo primero, hasta tanto se ponga en operatividad el servicio de transporte publico.-

Artículo 5º. - Remítase copia de la misma al Consejo Escolar a la secretaría de Desarrollo Humano y promoción social, para su conocimiento y difusión.-

Artículo 6º. - Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-

Articulo 7°. - Dese a difusión en los medios escritos, audiovisuales y portales informativos web de la zona.-

Articulo 8. - De forma.-