N° Expediente: 135/21


Clase de Expediente: Comunicación por Pedido de Informe

Título / Síntesis: Dirigiéndose al D.E.M. y por su intermedio a la Cooperativa Eléctrica de Zárate para que informe.

Autor Otro - JUNTOS POR EL CAMBIO - CAMBIEMOS

Fecha de Ingreso: 2021-07-13

Estado del Expediente: Pasado a Comisión

CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4121-H.C.D. 135/21.-

 

VISTO:

Los reclamos efectuados por vecinos de los Barrios 8 de Septiembre, 9 de Julio y 8 de Marzo, de la ciudad de Lima ante la Cooperativa Eléctrica de Zárate que tomaron estado público; y,

CONSIDERANDO: Que, la Cooperativa Eléctrica de Zárate, tiene a su cargo la distribución de la energía eléctrica en el Partido de Zárate bajo los términos establecidos por Ordenanza Municipal, siendo responsable exclusiva del suministro a una cartera de aproximadamente 32.000 usuarios divididos en Residenciales, Comerciales, Industriales, Rurales y Grandes Consumidores. Que, se trata de vecinos que viven en los barrios referidos, donde hace varios años están reclamando la instalación del cableado y de todos los componentes necesarios para poder acceder en sus viviendas al servicio de energía eléctrica que brinda Cooperativa eléctrica de Zárate. Se trata de barrios que fueron censados por parte de Cooperativa y los cuales a través de la normativa vigente se comenzaron a realizar las tareas de cableado y/o tendido eléctrico pero producto de la pandemia dichas tareas fueron interrumpidas. Que, lo cierto, es que no se puede seguir poniendo de excusa a la pandemia cuando hay familias, porque son aproximadamente 600 familias las que hoy están necesitando el servicio básico de luz, ya que sin luz muchísimos vecinos de Lima tampoco tienen el recurso del agua, tan esencial en los tiempos que estamos viviendo. Que, como consecuencia de la falta de provisión del cableado y/o redes eléctricas por parte de Cooperativa Eléctrica a cada una de las viviendas de los barrios mencionados, y la necesidad de estas personas de tener el servicio esencial, se producen cortes y micro cortes de luz diariamente, y bajas de tensión que provocan daños materiales en sus artefactos eléctricos, además de potenciales incendios y daños a las personas. Que, la densidad poblacional hizo que esta problemática se agudice sin ninguna solución provista por la Coopertiva Eléctrica. Que, los vecinos ven con gran preocupación que sus barrios no estén comprendidos sobre los barrios que demandan iluminación y tampoco tuvieron relevamiento alguno, razón por la cual creen no estar en los proyectos presentes y futuros de nuestra Ciudad. Que, en esta época de fríos intensos, es fundamental que todos los vecinos tengan el servicio de luz que brinda la Cooperativa Eléctrica de Zárate, y se les garantice el mismo, evitando potenciales daños y/o pérdidas materiales y económicas; además del riesgo potencial de vida. Que, como poder concedente, el Municipio tiene la obligación de exigir la prestación adecuada en cuanto a calidad, garantizando eficiencia según el contrato de concesión vigente.- Que, es público y notorio con la discrecionalidad que se maneja la CEZ, en la prestación del servicio y en su manejo institucional.- Que, la Cooperativa es una institución fundada por el pueblo de Zárate para brindar mejor servicio y nos pertenece a todos los ciudadanos por lo tanto es una obligación de éste cuerpo controlar su función principal que es brindar a los vecinos un servicio eléctrico de calidad.-

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de sus facultades, sanciona la siguiente:

COMUNICACIÓN (PEDIDO DE INFORMES)

ARTICULO 1°.- El Honorable Concejo Deliberante de Zarate, solicita al Departamento Ejecutivo Municipal y por su intermedio se dirija a La Cooperativa Electrica de Zárate, para requerirle que, informe de manera urgente, lo siguiente: 1.- Si se están realizando las tareas de tendido de red eléctrica en los barrios mencionados; 2.- Los motivos por los cuales se interrumpieron las obras comenzadas en el barrio 8 de septiembre; 3.- Si se realizó un relevamiento para conocer la cantidad de familias en esta situación; 4.- Si están realizando obras para el mejoramiento del servicio eléctrico en la zona, considerando la expansión poblacional para la provisión de alumbrado público y privado. 5.- Fondos destinados a dicha inversión.

ARTICULO 2º: De forma. -