N° Expediente: 317/19


Clase de Expediente: Ordenanza

Título / Síntesis: Prohibiendo el uso y colocación de pasacalles.-

Autor NUEVO ZÁRATE - PASADO A ARCHIVO POR (ARTICULO 23º).- CAJA Nº 222.-

Fecha de Ingreso: 2019-11-13

Estado del Expediente: Pasado a Comisión

 

 

 

 

Zárate, 12 de Noviembre de 2019

VISTO

Los artículos 25 y 27 incisos 15 y 17 del Decreto-Ley 6769/58 (L.O.M), y

 

CONSIDERANDO

-       Que, la colocación de pasacalles en la vía pública conlleva a riesgos en la vida cotidiana de los vecinos, ya que es habitual que los mismos se desprendan y caigan, ocasionando eventuales lesiones o daños.

 

-       Que, obstruyen y contaminan visualmente el espacio colectivo.

 

 

-       Que, en otras ciudades de la provincia de Buenos Aires tales como Salto y Baradero se encuentra prohibida la colocación y uso de pasacalles.

 

 

-       Que, este Honorable Concejo Deliberante debe arbitrar los medios que contribuyan a evitar el deterioro y contaminación de los bienes y espacios públicos.

 

Por todo ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de sus facultades sanciona lo siguiente:

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°.- Prohíbase la colocación y uso de pasacalles suspendidos o colocados en la vía pública en el Partido de Zárate. -

ARTÍCULO 2°.- Será autoridad de aplicación de la presente la Secretaría de Gobierno. -

ARTÍCULO 3°.- Deróguese el Artículo n° 5 de la Ordenanza 4507 y toda norma que se oponga a la presente. -

ARTÍCULO 4°.- Dese a difusión por todos los medios de comunicación audiovisuales y digitales del Partido de Zárate. -

ARTÍCULO N°5.- De forma. -