N° Expediente: 012/19


Clase de Expediente: Ordenanza

Título / Síntesis: Creando programa de promoción del Empleo local.-

Autor FRENTE DE TODOS-PJ - PASADO A ARCHIVO POR (ARTICULO 23º).- CAJA Nº 222.-

Fecha de Ingreso: 2019-02-15

Estado del Expediente: Pasado a Comisión

PROYECTO DE ORDENANZA

 

VISTO:

El estancamiento económico y el panorama recesivo existente en la República Argentina y especialmente en el Partido de Zarate, que generó gran cantidad de despidos y cierres de comercios; Y

CONSIDERANDO:

Que la promoción del desarrollo local, es uno de los roles indelegables que debe asumir el Estado Municipal del Partido de Zarate.

Que ese desarrollo local podría materializarse mediante la instrumentación de políticas públicas tendientes a incentivar las actividades económicas locales, que podrían traducirse en un mayor nivel de empleo y reactivación de las pequeñas y medianas industrias y comercios del Partido de Zarate, y promover una dinámica de beneficios y redistribución en nuestro Partido.

Que el derecho a trabajar se encuentra reconocido y garantizado en la Constitución Nacional, en el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Que el trabajo no sólo dignifica, sino que además otorga la posibilidad de desarrollo pleno de las personas, por lo que se puede afirmar que es un derecho humano fundamental.

Que las distintas políticas de ajuste en tarifas y fiscales concretadas en los últimos 3 años reflejaron una caída en la actividad económica y atentaron de esta forma contra el trabajo existente, desalentando la generación de nuevos empleos y consumo.

Que es de público y notorio conocimiento que en los últimos 3 años no sólo no ha existido generación de empleos, sino que además se incrementaron los despidos tanto el ámbito privado como en el público y con ello una gran caída en las ventas de los comercios del Partido de Zarate.

Que una de las actividades más afectadas es la denominada "industria de la construcción", habiéndose quedado sin empleo, en nuestra ciudad, más de dos mil quinientos trabajadores de dicha actividad, ello conforme manifestaciones de la Unión Obrera de la Construcción de Republica Argentina Seccional Zarate.

Que para crear las condiciones necesarias para generar empleo, no sólo hay que mirar y depender de las cuestiones de la macroeconomía, como así también de la política económica global, sino mas bien procurar establecer desde lo local cómo podemos ayudar a promover políticas de desarrollo que tiendan a fomentar y promover la generación y conservación del empleo.

Que los incentivos fiscales, son una herramienta de la política económica tendiente a estimular las actividades orientadas a impulsar la producción.

Que el desafío local es generar las condiciones necesarias de mayor inversión, crecimiento y desarrollo para la radicación de nuevos emprendimientos, y que de esa forma se generen nuevos puestos de trabajo, y así los habitantes de nuestro Partido puedan reinsertase laboralmente.

 

Que la contratación de mano de obra, de materia prima, materiales y de insumos de origen o de fabricación local, generarán un mayor movimiento económico, redundando así en un incremento de la actividad comercial, poniendo así en marcha el círculo virtuoso de la economía, tan necesario en panoramas recesivos como los que se avecinan.

Que la implementación del "Programa de Promoción de Contratación y Conservación de Empleo Local las Pymes y Comercios del Partido de Zarate" busca otorgar un esquema estratégico, una importancia profunda al desarrollo y el fortalecimiento de los emprendimientos, especialmente las PYMES y Comercios, para que de esa forma sea fortalecido el ciclo económico local y, además, el vecino Zarateño y Limeño por la generación de empleo que se pretende con la presente Ordenanza.

Y que se reafirma el rol indelegable del Estado Municipal como agente promotor del desarrollo económico local en beneficio de nuestra comunidad y, de esa forma, se promueven las condiciones necesarias para reactivar la generación de empleo.

Por ello, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Crease el "Programa de Promoción de Contratación y Conservación de Empleo Local en las Pymes y Comercios del Partido de Zarate"

Artículo 2º: El Programa establecido en la presente Ordenanza, tiene por objeto generar las condiciones necesarias de apoyo y beneficios necesarias para fomentar la generación de nuevos empleos, como así también de conservar los ya existentes. A tal fin se utilizan los incentivos fiscales por parte del Departamento Ejecutivo Municipal del Partido de Zarate.

Artículo 3º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir el pago de los Derechos de Construcción a cualquier emprendimiento a realizarse en el Partido de Zarate, siempre que para su construcción, puesta en marcha y desarrollo, se contraten trabajadores que tengan domicilio con una antigüedad superior a los dos años de radicación en el Partido de Zarate. Cuando el personal contratado local alcance el cien por ciento de la mano de obra a utilizarse, se podrá eximir hasta el cien por ciento de los Derechos de Construcción.

Artículo 4º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a los emprendimientos Comerciales e Industriales Pymes a realizarse o se encuentren activos en el Partido de Zarate, cuando además de contratar mano de obra local, adquieran materias primas, materiales, insumos de origen local y/o que se fabriquen en el Partido de Zarate, en tanto y en cuanto se encuentren disponibles en el mercado local.

Artículo 5º: Cuando se trate de radicación de nuevos emprendimientos Comerciales o Pymes, que generen nuevos empleos, autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir total o parcialmente de las Tasas por Habilitación de Comercio e Industria.

Artículo 6º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir, en forma parcial y por el término de doce meses, del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y los Fondos Municipales de Promoción de Deporte, Educación Inv y Ciencia y de Salud a toda PyME y Comercio que genere nuevos puestos de trabajo y los conserve durante un año. Las disposiciones del presente artículo se aplicará a las PyME y Comercios con menos de cincuenta empleados.

Artículo 7º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a eximir, en forma parcial, hasta un límite máximo del cincuenta por ciento y por el término de doce meses de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, a toda PyME y Comercios que mantenga la misma cantidad de empleados que tenía al 1 de Diciembre de 2.017 y los mantenga por el término de un año de sancionada la ordenanza. Las disposiciones del presente artículo se aplicarán a las PyME y Comercios con menos de cincuenta empleados.

Artículo 8º: Para poder gozar de los beneficios establecidos en los artículos 6º y 7º, deberán encontrarse al día en el pago de la Tasas Municipales.

Artículo 9º: Establécese que, en todas las contrataciones realizadas por la Municipalidad de Zarate, se trate de obras, adquisiciones y contrataciones, prestación de servicios y que se realicen mediante licitaciones públicas o privadas, obras por administración, contrataciones directas, concursos de precios y cualquier otra de las modalidades contractuales establecidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, los oferentes estarán obligados a contratar mano de obra local. Asimismo deberán en la medida de la posible adquirir materiales, materia prima, insumos de origen y/o fabricación local, en tanto y en cuanto se encuentren disponibles o se fabriquen en el mercado local.

Artículo 10º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a establecer e instrumentar las normas reglamentarias que se consideren necesarias, a los fines de la aplicación de la presente Ordenanza y de facilitar a los contribuyentes el acogimiento a la misma.

Artículo 11º: Una vez aprobada la presente, envíese copia de la misma al Departamento Ejecutivo Municipal al Centro de Comercio e Industrias de Zarate y Lima y a la Unión Industrial de Zarate.

Artículo 12º: Envíese copia, a los medios escritos y digitales del partido de Zarate, para su difusión.

Artículo 13º: De forma.